Anticipo del 30% reconocido como error tras la adjudicación
· hace 1 mes
El acta reconoce que el pliego y el SECP fijaron un anticipo del 30% para un proveedor que no es MIPYME, aunque indica que el máximo aplicable era 20%, y ordena modificar el contrato. El acta no consigna el importe del anticipo desembolsado; corresponde verificar el contrato modificado, la garantía y cualquier pago realizado.
“consistente en haber consignado un porcentaje de anticipo de treinta por ciento (30%) en el pliego de condiciones y en el SECP, cuando, tratándose de un proveedor que no ostenta la condición de MIPYME el porcentaje máximo de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 210 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 210 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo
Artículo 210.- Monto de la garantía de buen uso de anticipo. El monto de la garantía del buen uso de anticipo debe ser por el total que se haya de recibir como adelanto en base a dicho concepto.
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