La enmienda sustituye la adjudicación por ítem por una adjudicación integral
· hace 1 mes
El pliego pasa de permitir adjudicar los artículos independientemente y repartirlos entre varios oferentes a exigir que un solo oferente cumpla y presente la oferta más conveniente para los 17. Esto puede excluir a proveedores capaces de suministrar solo parte de los artículos y reducir la concurrencia efectiva; corresponde revisar la justificación técnica y su impacto en la participación MIPYME.
“En consecuencia, un oferente podrá resultar adjudicatario de la totalidad de los ítems, según corresponda, en función del cumplimiento de las especificaciones técnicas y de la presentación del menor precio para cada uno de ellos” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 83 · Reglamento 52-26, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Reglamento 52-26, artículo 104 — Propuestas de oferentes consideradas irrecibibles
Artículo 104.- Propuestas de oferentes consideradas irrecibibles. Cuando, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo II del artículo 105 de la Ley núm. 47- 25, una propuesta se considere irrecibible por haber sido presentada fuera del plazo fijado para su recepción, dicha situación debe hacerse constar mediante acto administrativo.