La Resolución MIVHED/CCP/2026/240, de 2026-09-02, enmienda las condiciones de pago del proceso MIVHED-CCC-LPN-2026-0017, estimado en RD$16,800,000. Incorpora para el adjudicatario MIPYME un primer pago del 30% del contrato, sujeto a garantía, pagadero dentro de los 30 días hábiles siguientes al registro contractual; conserva los pagos por entregables de las auditorías 2026, 2027 y 2028.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda fija el pago del 30% dentro de los 30 días hábiles posteriores al registro del contrato. La Ley 47-25 dispone que ese anticipo se otorgue con la suscripción, por lo que el plazo consignado podría retrasar el acceso al financiamiento previsto para MIPYMES.
““se realizará un primer pago correspondiente al treinta por ciento (30%) del monto total del contrato, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del registro del contrato en la Contraloría General de República (CGR)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El texto indica que Jean Luis Rodríguez Jiménez presidirá el Comité, pero luego identifica a Carina Cedano Rijo como presidenta de la sesión y firma como presidenta. Conviene verificar la designación o representación aplicable y su correspondencia con el acta de deliberación.
““Jean Luis Rodríguez Jiménez, quien lo presidirá” … “la presidenta del Comité de Contrataciones Públicas, Sra. Carina Cedano Rijo””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Sección III: Disposiciones generales para el contrato, numeral 11Anticipo para adjudicatarios MIPYME
Pagos dentro de 30 días hábiles tras la ejecución satisfactoria, la factura y el entregable aprobado por la Dirección Financiera.
Si el adjudicatario es MIPYME, se incorpora un primer pago del 30% del contrato, dentro de 30 días hábiles desde el registro contractual y contra garantía del avance inicial.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona