El Acta núm. 336/2026, de fecha 2026-08-31, aprueba la evaluación económica y adjudica los dos lotes del proceso INAPA-CCC-LPN-2026-0004. Adjudica RD$10,000,000.00 a Importadora Perdomo & Asociados, S.R.L. para reparación de bombas, con descuento de 15% en mano de obra, y RD$10,000,000.00 a Grupo Domati Electric, S.R.L. para reparación de motores, con descuento de 25% en mano de obra. El acta registra tres oferentes no habilitados para la apertura económica por incumplir requisitos del pliego.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica dos lotes por RD$10,000,000.00 cada uno, pero los datos del portal suministrados indican que el proceso no es por lotes y solo registran un contrato, el de Grupo Domati Electric. El portal puede estar desactualizado; conviene verificar que la adjudicación de Importadora Perdomo y el desglose por lotes estén reflejados para asegurar la trazabilidad pública de los dos contratos.
“SEGUNDO: ADJUDICAR al oferente IMPORTADORA PERDOMO £ ASOCIADOS, S.R.L. PARA EL LOTE 2: SERVICIOS DE TALLERES PARA REPARACIÓN DE BOMBAS, siendo el monto adjudicado de Diez Millones de Pesos Dominicanos Con 00/100, RD$ 10,000,000.00, y por ta”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 182 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 182 — Obligatoriedad del sistema
Artículo 182.- Obligatoriedad del sistema. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas será de uso obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y todas las actuaciones desarrolladas deberán ser debidamente publicadas en este. Párrafo.- La no publicación de una actuación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas podrá ser causa de aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en el artículo 222 de la presente ley, a menos que la institución contratante demuestre que dicho incumplimiento se produjo por una imposibilidad material justificada o fallas técnicas, o el proceso de…
Aunque participaron cinco oferentes en el proceso, el acta registra que solo Importadora Perdomo y Grupo Domati quedaron habilitados, uno para cada lote. Esto dejó una única oferta económica habilitada por lote y reduce la competencia efectiva en la adjudicación, aunque el documento no establece por sí mismo una irregularidad.
“fueron habilitados dos (02) oferentes, de los cuales uno (01) fue a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas identificado como: IMPORTADORA PERDOMO & ASOCIADOS, S.R.L. para el LOTE 2 y de manera física GRUPO DOMATI ELECTRIC”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Importadora Perdomo & Asociados, S.R.L.Adjudicada para el lote 2; el acta indica que cumplió los requerimientos del pliego y ofreció 15% de descuento sobre mano de obra.
Adjudicado
Lote 2: reparación de bombas
RD$10,000,000
Grupo Domati Electric, S.R.L.Adjudicada para el lote 1; el acta indica que cumplió los requerimientos del pliego y ofreció 25% de descuento sobre mano de obra.
Adjudicado
Lote 1: reparación de motores
RD$10,000,000
Comercial Viba, E.I.R.L.El informe definitivo de evaluación técnica rechazó su oferta por no cumplir con los requisitos del pliego y la inhabilitó para la apertura de la oferta económica.
No habilitado
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Técnicos Industriales Asociados (TIASA), S.R.L.El informe definitivo de evaluación técnica rechazó su oferta por no cumplir con los requisitos del pliego y la inhabilitó para la apertura de la oferta económica.
No habilitado
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Bobinados y Servicios, S.A.S.El informe definitivo de evaluación técnica rechazó su oferta por no cumplir con los requisitos del pliego y la inhabilitó para la apertura de la oferta económica.
No habilitado
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Otros documentos del proceso (58)
Apropiacion.pdfCertificación de fondos · 30 abr de 2026 · 1 señal
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona