La solicitud, fechada el 1 de septiembre de 2026, invita a La Antillana Comercial, S.A. a presentar una propuesta para el mantenimiento preventivo y correctivo de 17 equipos New Holland y Bomag bajo la excepción de proveedor único. Fija como límite de presentación el 7 de septiembre de 2026 a las 10:00 a. m.; el portal registra una oferta y el acta posterior adjudicó el proceso por RD$27,687,875.75.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento está dirigido a La Antillana y establece que el mantenimiento lo ejecute exclusivamente el distribuidor autorizado de las marcas. El portal registra una sola oferta; conviene verificar que la condición de proveedor único y la autorización exclusiva estén sustentadas para las dos marcas y el alcance contratado. El expediente incluye un informe justificativo separado, por lo que esta solicitud no permite concluir por sí sola que falte esa motivación.
“SEÑORES: LA ANTILLANA COMERCIAL, S.A. … resulta imprescindible que los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo sean ejecutados exclusivamente por el distribuidor autorizado para la comercialización y servicio de las marcas New Hol”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…
La ficha describe un plan de 20 mantenimientos por intervalos de kilometraje, mientras que sus tablas organizan servicios por horas de operación. La diferencia puede afectar la interpretación de cantidades y la verificación de las prestaciones incluidas, por lo que conviene aclarar cuál calendario rige.
“correspondientes a intervalos de 5,000 km hasta alcanzar los 100,000 km, para un total de 20 mantenimientos. … Mantenimiento 250 - 500 - 750 - 1,250 - 1,500 - 1,750 - 2,250 - 2,500 - 2,750 -”
Según los datos del Registro de Proveedores consultados el 28/09/2026, La Antillana figura con rubros de bienes; la consulta de DGII del 27/09/2026 muestra como actividad la venta de vehículos automotores. Como esos registros son posteriores a la adjudicación y no determinan por sí solos su capacidad técnica, conviene cotejarlos con la autorización del fabricante y las credenciales evaluadas para prestar el mantenimiento especializado.
“Señores: LA ANTILLANA COMERCIAL, S.A. … ejecutados exclusivamente por el distribuidor autorizado para la comercialización y servicio de las marcas New Holland y Bomag en la República Dominicana”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona