miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE VEHICULO EN WORD 0001 TERMINADO.pdf

ADQUISICION DE VEHICULO PARA USO INSTITUCIONAL DEL GABINETE DE POLITICA SOCIAL (GPS) · Gabinete de Coordinación de Políticas Sociales

Publicado el 1 sept de 202646 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso GCPS-CCC-CP-2026-0002

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para adquirir un vehículo SUV 2026 o superior, con presupuesto referencial de RD$6,400,000.00 y recepción de ofertas prevista para el 9 de septiembre de 2026. Define evaluación técnica y económica, garantías y condiciones contractuales; contiene, entre otras disposiciones, una tolerancia de hasta 5 % respecto de las especificaciones técnicas y una regla que exige que el monto ofertado sea igual al estimado.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.8 millones

El precio debe igualar el estimado pese a exigir competencia económica

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego establece que el monto de la oferta debe ser igual al estimado y, a la vez, dispone evaluación económica y admite descuentos. El portal registra dos ofertas pendientes del mismo proveedor, una por RD$5,814,000 y otra por RD$6,400,000; la diferencia hace relevante aclarar cómo se aplicará la regla, aunque los registros podrían corresponder a versiones o cargas distintas.

“Este formulario debe contener el monto de la oferta, el cual debe ser igual al monto estimado de la contratación. De igual forma, debe establecer el porcentaje de descuento ofertado por el proveedor.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

El pliego exige garantía de seriedad también a MIPYMES

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego exige una garantía de seriedad del 1 % y solo modifica su forma para oferentes MIPYME. La Ley 47-25 dispone que no se requiere garantía de seriedad de oferta para MIPYMES, por lo que la exigencia puede imponerles una barrera de participación.

“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

La tolerancia de 5 % puede admitir vehículos fuera de especificación

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego permite una variación de hasta 5 % por encima o por debajo de las especificaciones técnicas, sin precisar qué parámetros admiten esa variación ni cómo se medirá. En un proceso con requisitos técnicos detallados, esa regla puede permitir ofertas no conformes o producir evaluaciones desiguales.

“se permitirá una variación de hasta un cinco por ciento (5%) por encima o por debajo de las especificaciones técnicas establecidas en la ficha técnica y/o en el pliego de condiciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Vigencia de garantía termina antes de la firma prevista

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego fija la vigencia de la garantía de seriedad hasta el 1 de octubre, aunque el cronograma prevé la firma del contrato el 14 de octubre. Así, la garantía podría vencer antes de la formalización, reduciendo el control sobre el mantenimiento de la oferta hasta la suscripción.

“Con una vigencia desde el desde el 18 de septiembre de 2026 hasta 1 de octubre de 2026.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 203 · Ley 47-25, art. 162 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta

Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 162 — Garantías

Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

A revisarHallazgo en documentos

Anticipo previsto en 20 % frente al 30 % legal para MIPYMES

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

La cláusula fija un anticipo del 20 % del monto de la contratación. Si la adjudicación recayera en una MIPYME, la Ley 47-25 establece un anticipo del 30 %; el pliego no distingue ese supuesto y puede dejar incompleto el beneficio obligatorio para ese tipo de adjudicatario.

“es decir, 20% del monto de la contratación.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Criterio económico y ponderación no quedan definidos con coherencia

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego describe la evaluación técnica y económica como cumple/no cumple, pero también adjudica por una puntuación ponderada de 60 % técnica y 40 % económica, sin detallar en el texto citado cómo se asignan esos puntajes. La falta de una metodología coherente y verificable puede afectar la comparación y selección de ofertas.

“La Adjudicación será decidida a favor del Oferente/Proponente cuya propuesta presente obtenga la mayor puntuación del cálculo ponderado del cumplimiento de los requerimientos técnicos (60%) y la evaluación económica (40%).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 115 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 115 — Metodología de evaluación

Artículo 115.- Metodología de evaluación. Las ofertas pueden ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología es necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como del puntaje para la evaluación de…

ContextoHallazgo en documentos

Un solo proveedor aparece con dos ofertas pendientes en el portal

Documento del 1 sept 2026 · hace 1 mes

Según los registros del portal, hay dos ofertas pendientes de Santo Domingo Motors Company, SA por montos distintos y ningún otro oferente identificado entre las ofertas suministradas. Podrían ser versiones o cargas del mismo proveedor, pero conviene verificar cuál propuesta se recibió y evaluó como válida y si hubo competencia efectiva.

“Si se presentase una sola Oferta, ella deberá ser considerada y se procederá a la Adjudicación habiendo cumplido con lo exigido en el Pliego de Condiciones Específicas, y si se le considera conveniente a los intereses de la Institución.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (2)

2 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Santo Domingo Motors Company, SAEl portal registra una oferta cargada y pendiente por RD$5,814,000.Mencionado—RD$5,814,000
Santo Domingo Motors Company, SAEl portal registra otra oferta cargada y pendiente por RD$6,400,000; no consta adjudicación.Mencionado—RD$6,400,000

Otros documentos del proceso (16)

  • CODIGO DE CONDUCTA NUEVO.pdfDocumento · 1 jul de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica (4).docxDocumento · 1 jul de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (3).docxDocumento · 1 jul de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 1 jul de 2026
  • Carta ..._20260709_0001.pdfDocumento · 9 jul de 2026
  • Requerimiento _20260825_0001.pdfDocumento · 25 ago de 2026
  • Ficha tecnica _20260831_0001.pdfPliego · 31 ago de 2026 · 1 señal
  • Acta de inicio Adq. Vehiculo GCPS-CCC-CP-2026-0002 (1).pdfPliego · 31 ago de 2026 · 1 señal
  • Descargo peritos adq. vehiculo GPS (1).pdfInforme pericial · 31 ago de 2026 · 1 señal
  • Acta de inicio Adq. Vehiculo GCPS-CCC-CP-2026-0002 (1).pdfInforme pericial · 31 ago de 2026 · 1 señal
  • contrato-ejecucion-de-bienes (2) (1).docxContrato · 31 ago de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
SNCC_D038_Garantia_GFC (2) (2).docxDocumento · 31 ago de 2026
  • SNCC_F047_Autorizacion_Fabricante (2).docxDocumento · 31 ago de 2026
  • Convocatoria 0002_20260901_0001.pdfDocumento · 1 sept de 2026
  • Solicitud 0002_20260901_0001.pdfSolicitud de compra · 1 sept de 2026
  • PLIEGO DE VEHICULO EN WORD 0001 (1) 22 dc. TERMINADO 0002.pdfPliego · 3 sept de 2026 · 4 señales