El Acto Administrativo núm. 04-0002-2026, fechado el 22 de abril de 2026, acepta la renuncia de SGSIGN DEPOT y deja sin efecto su adjudicación del Lote 1, ítems 2 y 3, originalmente por RD$2,004,938. Adjudica esos ítems a Evelmar Comercial por RD$3,068,000, indicando que ocupó el siguiente lugar en el orden de elegibilidad.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para los mismos ítems, la nueva adjudicación a Evelmar es RD$1,063,062 mayor que la adjudicación dejada sin efecto, un aumento aproximado de 53%. La selección del siguiente oferente puede explicar el cambio de precio, pero la diferencia amerita contrastar la oferta económica y el orden de elegibilidad consignados en el expediente.
“Que en fecha catorce (14) del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026), se procedió con la Notificación de Acta de Adjudicación para el oferente Adjudicado el cual fue: SGSIGN DEPOT, S.R.L., dicha Adjudicación fue por un monto total d”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 170 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 170 — Orden de prelación para suscripción de contrato
Artículo 170. Orden de prelación para suscripción de contrato. En el supuesto de que no se llegase a suscribir el contrato con el adjudicatario, por causas imputables al mismo, se adjudicará al proveedor en segundo lugar en el reporte de lugares ocupados, y así sucesivamente hasta la suscripción del mismo.
La resolución dice que Evelmar fue la única que participó en el lote, pero también la describe como segunda empresa participante por el mismo lote completo y como siguiente en elegibilidad tras SGSIGN. La contradicción afecta la claridad de la base competitiva y del orden usado para la readjudicación.
“Que en fecha veinte (20) del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026), el comité de compra del Instituto Nacional de Educación Física (INEFI) dirigió una carta a la empresa EVELMAR COMERCIAL, S.R.L., para darle a conocer la disponibil”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
OFICINA UNIVERSAL, S.A.El proceso registra su adjudicación previa, que esta resolución no modifica.
Adjudicado
Lote 2, ítems 2 y 3
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EVELMAR COMERCIAL, S.R.L.Adjudicataria de los ítems 2 y 3 tras ser identificada como siguiente en el orden de elegibilidad; la resolución consigna que mantiene vigente su oferta y cumple los requisitos habilitantes, técnicos y económicos.
Adjudicado
Lote 1, ítems 2 y 3
RD$3,068,000
EKATEX, S.R.L.El proceso registra su adjudicación previa, que esta resolución no modifica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona