El umbral citado no comprende el monto estimado
· hace 1 mes
El acta fundamenta la contratación simplificada en un rango cuyo máximo es RD$5,644,812.73, inferior al monto estimado de RD$6,399,140. Sin embargo, el umbral vigente desde el 1 de abril de 2026 permite esta modalidad para bienes hasta RD$6,436,757.50, por lo que la modalidad aprobada coincide con el umbral aplicable, aunque la justificación consignada requiere aclaración.
“La resolución PNP , de fecha treinta (30) de enero del año dos mil veintiséis (2026) emitida por la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas, establece que el monto establecido es desde RD$1,860,642.56 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS S”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 59 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 59 — Umbrales de contratación
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
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