El Comité de Contrataciones Públicas aprobó el informe de evaluación económica y, mediante el Acto núm. 44-2026 del 24 de agosto de 2026, adjudicó los ítems 1, 2 y 8–22 a Comercial Estévez, S.R.L. por RD$4,563,500, y los ítems 3–7 a Inversiones Rodríguez Valenzuela, S.R.L. por RD$256,000, según los totales consignados. El acta registra cuatro oferentes habilitados para la apertura económica y dispone notificar la adjudicación y publicar el acto.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra convocatoria el 3 de julio y cierre el 15 de julio de 2026: transcurren ocho días hábiles, frente al mínimo de diez para contratación simplificada de bienes no comunes ni estandarizados. El acta confirma la recepción de ofertas el 15 de julio.
“Por cuanto: Que, en fecha quince (15) de julio del año dos mil veintiséis (2026), de conformidad con el Cronograma de Actividades del indicado proceso, se redizó la Recepción de Ofertas Técnicas "Sobres A" y Ofertas Económicas "Sobres”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
Sumando los importes legibles de los ítems adjudicados a Comercial Estévez, incluido RD$1,852,530 para el ítem 21, el resultado es RD$4,596,030, frente al total declarado de RD$4,563,500: una diferencia de RD$32,530. Conviene cotejar la tabla original y el informe económico para determinar el importe correcto.
“RD$1,852,5 30.00 1500 Bromadiolona 0.50 SL L 21 RD$60,00D.00 Dífenoconazole + Azoxytrobín 100 L 22 RD$4,563,500.00 Monto total”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
El acta consigna para Almonte Comercial RD$1,908,654, mientras que el portal registra RD$1,904,654, una diferencia de RD$4,000. Al no resultar adjudicado, el dato no demuestra por sí solo un efecto en la adjudicación, pero corresponde verificar la oferta económica original y el registro del portal.
“un millón novecientos ocho mil seiscientos cincuenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$1,908,654.00)”
Los importes consignados para los ítems 3–7 suman RD$256,500, mientras que el acta declara un monto total adjudicado de RD$256,000. La diferencia de RD$500 requiere cotejo con el informe económico y la tabla original.
“RD$97,500.00 3 Thiamethoxam + Lambda-Cyhalothine 24SC L 100 RD$25,500.00 Thiamethoxam 25 wg sobres de 100 gramos 4 UD 200 RD$35,000.00 5 Imidacloprid 70 wg Sobres de 100 gramos UD 200 RD$40,000.00 6 Benzoato de Emamectína 5.7 wg Sobres de 1”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Declaracion Jurada oferta libre de colusion MODELO.docx