La Circular No. 1, fechada el 26 de agosto de 2026, responde consultas de los interesados sobre la licitación para fiscalizar proyectos de ingeniería del MIVHED. Confirma tres lotes con un máximo de RD$50,000,000.00 cada uno, una tarifa de fiscalización entre 0.75 % y 1.5 % del valor cubicado de los contratos asignados y requisitos de personal y solvencia financiera. También indica que el último 40 % del pago requiere un informe conciliado y la conformidad del contratista de obra.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La respuesta confirma que cada lote cubrirá proyectos asignados progresivamente según las necesidades institucionales, pero no identifica contratos, montos de obra, ubicaciones concretas, frentes ni simultaneidad prevista. Esa incertidumbre, junto con la cobertura nacional, puede dificultar que los oferentes estimen y comparen los recursos y costos necesarios para cada lote.
“Cada lote abarcará distintos contratos de obra en ejecución y las actividades podrán realizarse tanto en oficina como mediante levantamientos técnicos de campo a nivel nacional. Los servicios serán ejecutados a nivel nacional e incluyen la ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La circular confirma que se exige acreditar recursos o líneas de crédito de al menos RD$10,000,000 para grandes empresas y RD$5,000,000 para MIPYMES o personas físicas, calculados sobre el presupuesto de referencia de RD$50,000,000 por lote. Merece revisarse si ese umbral fijo guarda proporción con las obligaciones operativas efectivamente asignadas, dado que las fiscalizaciones se distribuirán progresivamente según necesidad.
“Para las grandes empresas se exige demostrar recursos o líneas de crédito por un valor no inferior al 20 % del presupuesto de referencia del lote, mientras que para las MIPYMES y personas físicas el porcentaje requerido es de un 10 %.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
La circular indica que el pago del último 40 % requiere la conformidad del contratista de obra que es objeto de fiscalización. Esto hace depender una parte sustancial del pago de la firma fiscalizadora de la aceptación de un tercero cuyos trabajos se revisan, lo que merece comprobar cómo se resuelven los desacuerdos y cómo se evita que esa conformidad impida el pago por servicios efectivamente prestados.
“El numeral 12 establece que el último 40 % se paga contra la entrega del informe conciliado y requiere la conformidad del contratista.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · Ley 47-25, art. 156 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Ley 47-25, artículo 156 — Cumplimiento del contrato
Artículo 156.- Cumplimiento del contrato. El contrato se entenderá cumplido por el proveedor cuando este haya realizado la totalidad de la prestación convenida, de acuerdo con los términos previstos y la satisfacción de la institución contratante. Párrafo I.- La constatación del cumplimiento del contrato deberá realizarse mediante un acto formal de recepción satisfactoria o de conformidad emitido dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, cuando se trate de bienes, servicios o reparaciones menores; y dentro de los tres (3) meses siguientes, cuando se trate de obras, o en el plazo especial que atendiendo a la complejidad de dicho objeto establezcan los…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona