El Comité aprobó el informe económico y adjudicó el proceso a PETROMOVIL, S.A. mediante acta de 2026-08-19, por 144,000 galones de gasolina Premium y RD$45,278,352. El acta ordena notificar la decisión en cinco días y publicarla en los portales institucionales y de contrataciones públicas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra un empate entre dos oferentes en uno de los ítems y luego adjudica el lote único a PETROMOVIL, sin identificar en su parte dispositiva el otro oferente empatado ni el mecanismo de desempate aplicado. Conviene contrastar el informe económico citado y el criterio de desempate del pliego, dado que el documento presenta la adjudicación como resultado de ese informe.
“RESULTA: Que, pasada la apertura del Sobre “B” del Procedimiento de Licitación Pública Nacional de referencia núm. MOPC-CCC-LPN-2026-0010, llevado a cabo para la “Adquisición de gasolina para los vehículos del Ministerio de Obras Públicas y”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas
Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…
El acta sitúa la apertura del Sobre B el 11 de agosto, aunque también consigna que el informe técnico final fue aprobado el 13 de agosto. La secuencia merece verificarse frente al registro de apertura y al expediente, pues la evaluación económica debe seguir a la evaluación técnica definitiva.
“RESULTA: Que en fecha trece (13) del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026), mediante Acto Administrativo , fue aprobado el informe técnico final… … RESULTA: Que la apertura del “Sobre B” del Procedimiento de Licitación Pública Nac”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · Ley 47-25, art. 122 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
Artículo 122.- Fases de evaluación. La evaluación de propuestas se realizará en las siguientes fases: 1) Fase de evaluación de la oferta técnica: En la cual se verificará el cumplimiento de los requisitos de calificación y de los requisitos o puntajes mínimos establecidos con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a los fines de ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Fase de evaluación de la oferta económica: En la cual se ponderarán las ofertas económicas de acuerdo con los criterios de evaluación previstos; y 3) Fase de adjudicación: En la cual se decidirá cuál es la propuesta más conveniente de los oferentes que resultaron habilitados luego de la fase…
El acta afirma que no se emitió enmienda, mientras que el portal registra una última enmienda con fecha 2026-07-15. La diferencia es un dato a verificar en el expediente y en el historial de publicaciones; el acta no identifica si el registro del portal corresponde a una enmienda formal del pliego.
“RESULTA: Que una vez publicado el procedimiento en cuestión y en el plazo hábil entre la misma y la recepción de ofertas, no fue emitida Enmienda.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona