El Comité del Ayuntamiento del Distrito Nacional aprobó el 24 de agosto de 2026 la contratación simplificada para adquirir vehículos de motor, con una apropiación estimada de RD$6,130,000, y designó peritos. El acto contiene una referencia distinta en el punto resolutivo primero (0020, frente al proceso 0028) y designa cuatro peritos, aunque el reglamento dispone procurar un número impar.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El punto primero aprueba la contratación con referencia 0020, mientras el encabezado y el resto del acto identifican el proceso como 0028. Aunque puede tratarse de un error material, conviene verificar que la aprobación quede vinculada inequívocamente al expediente correcto.
“PRIMERO: APROBAR el procedimiento para la "Adquisición de Vehículos de Motor", a través de una Contratación Simplificada con el número de referencia ADN-CCC-CP-2026-0020.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 103 · Ley 47-25, art. 25 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 103 — Aprobación interna del pliego de condiciones
Artículo 103.- Aprobación interna del pliego de condiciones. Previo a la convocatoria del procedimiento de selección de proveedores, el pliego de condiciones debe ser aprobado por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, mediante acto administrativo de la institución contratante, de conformidad con el artículo 95 de la Ley núm. 47-25 y las reglas internas de delegación de competencia que se hayan establecido. Párrafo I. El acto de aprobación debe indicar, como mínimo, el procedimiento de selección de proveedores aprobado, el objeto contractual, el valor referencial y la identificación del pliego de condiciones definitivo que regirá…
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
La parte resolutiva designa cuatro peritos, incluidos dos técnicos; el reglamento establece un mínimo de tres y dispone procurar que el número total sea impar. La composición consignada merece revisión por su apartamiento de esa pauta reglamentaria.
“SEGUNDO: DESIGNAR a los señores: peritos Wagner Alcántara Fernández (perito técnico), Eugenia Tolentino (perita financiera) y Madelin Cortorreal (perita legal), Juan Cabrera (perito técnico), debido a que poseen las cualidades y experiencia”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona