Publicado el 25 ago de 2026Fechado el 19 jul de 20264 páginasEn el mensaje «Acto 399-2026, ACTO ADMINISTRATIVO QUE APRUEBA LA RECTIFICATIVA DE DESIGNACIÓN DE PERITOS»
El Acto núm. 399-2026, fechado el 20 de julio de 2026, modifica la designación de peritos del proceso EDESUR-CCC-CP-2026-0011 y sustituye a Stephanie Yoandrids Tejeda Chalas por Nerianny Valentina Alcántara Pérez como perita financiera. La rectificación se realiza después de la apertura de las ofertas técnicas y de una evaluación pericial preliminar, y ordena notificar y publicar el acto.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que la sustitución ocurrió después de abrir las ofertas técnicas y de iniciar su evaluación preliminar. La justifica con circunstancias sobrevenidas, pero no las concreta en el texto; el cambio de evaluadora en esta etapa merece revisar su trazabilidad y el resguardo de la continuidad e imparcialidad de la evaluación.
“Que, con posterioridad a la apertura de las Ofertas Técnicas "Sobres A" y a la evaluación pericial de estas, surgieron circunstancias sobrevenidas que impedirían la participación del perito financiero Stephanie Yoandrids Tejeda Chalas desig”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
La relación consignada asigna un perito al área técnica y dos al área financiera; tras la sustitución, la nueva persona también queda asignada al área financiera. El reglamento prevé peritos técnico, financiero y legal para este procedimiento; conviene verificar cómo se cubrió la revisión legal, pues Miguel Ángel Monción Tejada figura como abogado, pero su área de peritaje se indica como financiera.
“Leonardo Mercedes Brioso Polanco | Especialista Material Gastable | Técnico Miguel Ángel Monción Tejada | Abogado | Financiero Stephanie Yoandrisds Tejeda Chalas | Encargada de Presupuesto | Financiera”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona