Publicado el 24 ago de 2026Fechado el 23 ago de 202616 páginasEn el mensaje «NOTIFICACION DE INFORME DEFINITIVO DE EVALUACION TECNICA, INFORME DE EVALUACION DE OFERTA ECONOMICAS Y ACTA DE ADJUDICACION»
El informe definitivo, fechado el 24 de agosto de 2026, habilita a RPC Proyectos, SRL y Oporto Group, S.R.L. para la evaluación de sus ofertas económicas en el lote único, con presupuesto base de RD$43,679,009.70. Registra que ambos subsanaron las observaciones; en particular, Oporto pasó de una disponibilidad crediticia inicial de RD$0.00 a acreditar RD$5,000,000.00 en crédito comercial y RD$9,000,000.00 en crédito bancario, y regularizó su situación ante la DGII. La comisión recomienda evaluar las ofertas económicas conforme al criterio de menor precio.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilitó el control temporal de capacidad financiera: se aceptó acreditar después de la presentación de ofertas una capacidad crediticia inicialmente inexistente..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Este informe afirma que Oporto subsanó la documentación de personal y equipos que inicialmente faltaba; entre otros puntos, registra que no se habían aportado cartas o cotizaciones de varios equipos y marca la subsanación como correcta. Esto debe contrastarse con el hallazgo previamente registrado de acreditaciones esenciales de personal y equipos pendientes, pues afecta la base documental de la habilitación.
“Listado de Equipo Requerido (SNCC.F.036) - la Declaración Jurada de equipos propios no se encontraba debidamente notariada y sellada por la Procuraduría General de la República; además, no fueron suministradas las cartas de compromiso o cot”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · Ley 47-25, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Oferentes que registra (2)
2 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
RPC Proyectos, SRLSubsanó los once aspectos requeridos; sus credenciales jurídicas y financieras y su oferta técnica resultaron conformes. El informe recomienda que su oferta económica pase a evaluación.
Habilitado
Lote único - Estancia Pisano
RD$40,647,958
OPORTO GROUP, S.R.L.Subsanó los doce aspectos requeridos, incluidas las líneas de crédito y la observación de la DGII; sus credenciales jurídicas y financieras y su oferta técnica resultaron conformes. El informe recomienda que su oferta económica pase a evaluación.
Habilitado
Lote único - Estancia Pisano
RD$39,314,124
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Evaluación financiera de Oporto Group, S.R.L.Subsanabilidad de las líneas de crédito
Oporto presentó inicialmente disponibilidad de crédito de RD$0.00 frente a mínimos de RD$4,367,900.97 comercial y RD$8,735,801.94 bancaria.
La comisión interpretó la falta inicial como omisión documental subsanable y aceptó líneas presentadas dentro del plazo por RD$5,000,000.00 y RD$9,000,000.00, respectivamente.
RelajaQuita un control: Se debilitó el control temporal de capacidad financiera: se aceptó acreditar después de la presentación de ofertas una capacidad crediticia inicialmente inexistente.
Evaluación técnica – accesibilidad universalTratamiento de la documentación SNCC.PCC.002
El pliego exigía las Especificaciones Técnicas sobre Accesibilidad Universal, pero no las identificaba expresamente como no subsanables.
La comisión consideró subsanable su omisión y aceptó la documentación aportada durante la subsanación; aplicó el criterio a ambos oferentes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona