Publicado el 24 ago de 2026Fechado el 23 ago de 20263 páginasEn el mensaje «RE: Consulta sobre el criterio de “Obras de Naturaleza y Magnitud Similar”»
La Circular No. 001, fechada el 24 de agosto de 2026, responde a Constructora Satler sobre la experiencia exigida para el proceso MIDEREC-DAF-CM-2026-0080. Acepta experiencia en obras no deportivas si sus métodos, complejidad, sistemas y riesgos son comparables, y establece que el monto ejecutado de cada proyecto acreditado debe ser al menos el 50 % del monto referencial del proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Tomando como referencia el monto total del proceso de RD$41,844,552.84, el mínimo del 50 % equivale a RD$20,922,276.42. Esa cifra supera el presupuesto del lote 1 (RD$18,299,237.29), por lo que conviene revisar si aplicar el umbral total a ofertas por lote resulta proporcional al objeto y al valor de ese lote.
“Respecto a la magnitud, se aceptarán proyectos cuyo monto ejecutado sea igual o superior al 50 % del monto referencial establecido para el presente proceso.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la exigencia de experiencia exclusivamente en instalaciones deportivas, aunque se conserva la comprobación de equivalencia técnica..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular está fechada el 24 de agosto y el cronograma del portal fija el cierre de ofertas para el 25 de agosto de 2026. Como la respuesta concreta el alcance de la experiencia y fija un mínimo cuantitativo, conviene verificar si se publicó como modificación dentro del último 25 % del plazo y si se extendió el cierre proporcionalmente; el cronograma suministrado no refleja una extensión.
“En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (24) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Constructora Satler, SRLFormuló consultas sobre la experiencia admisible y la circular respondió sobre obras comparables y monto ejecutado mínimo.
Mencionado
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Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Requisitos de experienciaNaturaleza de las obras de experiencia admitidas
La consulta plantea si las obras similares debían corresponder exclusivamente a instalaciones deportivas; el criterio se describe como obras de naturaleza y magnitud similar.
Se aceptan otras obras civiles si acreditan métodos, complejidad técnica, sistemas constructivos y riesgos de ejecución equivalentes.
RelajaQuita un control: Se elimina la exigencia de experiencia exclusivamente en instalaciones deportivas, aunque se conserva la comprobación de equivalencia técnica.
Requisitos de experienciaMonto mínimo de los proyectos acreditados
La consulta alude a obras de magnitud similar, sin cifra mínima previa consignada en esta circular.
Se fija un monto ejecutado mínimo igual o superior al 50 % del monto referencial del proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona