El Acta núm. CCC-071-2026, fechada el 22 de junio de 2026, designa a Negel Pérez como perito técnico, Fernando Osmar Diaz como perito financiero y Angela Acosta Collado como perito legal para la licitación INAFOCAM-CCC-LPN-2026-0005. También ordena que evalúen las ofertas técnicas y económicas conforme al pliego y remitan sus informes al Comité de Contrataciones del INAFOCAM.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta de designación es del 22 de junio de 2026. Según el resumen de otro documento del expediente, el Acta ACTA-CCC-093-2026, que establece el perfil mínimo y solicita verificar personal interno calificado, está fechada el 2 de julio de 2026; la secuencia merece revisión frente a la verificación de perfiles previa a la designación prevista en el reglamento.
“a los veintidós (22) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026)” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 90 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 90 — Identificación de los candidatos para fungir como peritos
Artículo 90.- Identificación de los candidatos para fungir como peritos. El área de recursos humanos, en coordinación con la unidad requirente, debe verificar si la institución cuenta con servidores públicos que cumplan el perfil para fungir como peritos. En caso afirmativo, las propuestas deben ser presentadas al órgano competente para conducir el procedimiento, sea el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa. Párrafo I. Las instituciones contratantes pueden crear un registro de peritos para facilitar su selección, atendiendo a la naturaleza y tipo de contratación que se requiera. Párrafo II. La prestación de servicios como peritos por parte de los servidores…
El acta identifica a los peritos por nombre y función, pero el acto de designación no consigna sus perfiles ni una declaración de ausencia de conflictos de interés, contenidos que el artículo 91 del Reglamento 52-26 exige que indique el acto. Conviene verificar si esos elementos constan en un anexo incorporado al acto.
“RESUELVE PRIMERO: Se DESIGNA a los señores: Negel Pérez, como perito técnico; Fernando Osmar Diaz, como perito financiero y Angela Acosta Collado, como perito legal, debido a sus conocimientos y grados de experiencia” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona