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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

CONTRATACIÒN DE TALLER DE MECANICA PARA MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA FLOTILLA VEHÌCULAR DE LA INSTITUCIÒN, POR PERIODO DE UN (01) AÑO. · Programa de Medicamentos Esenciales

Publicado el 21 ago de 202665 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROMESECAL-CCC-CP-2026-0012

Lo que dice

El pliego de condiciones de PROMESECAL-CCC-CP-2026-0012 establece la contratación simplificada de un taller para el mantenimiento de la flotilla por un año, con presupuesto de RD$5,600,000.00 y convocatoria del 21 de agosto de 2026; fija la recepción de ofertas para el 7 de septiembre de 2026. El documento define requisitos de participación, evaluación y ejecución contractual; el portal registra posteriormente el proceso como desierto.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Criterio económico no claramente alineado con el único servicio licitado

Documento del 21 ago 2026 · hace 2 meses

El objeto aparece como un solo renglón de servicio por un año, pero la evaluación económica se describe como comparación del menor precio por los renglones de cada producto. Esa diferencia puede dejar incierto cómo se comparan las ofertas y si se adjudica el servicio anual completo o partidas separadas.

“1) Haber presentado el menor Precio de entre los renglones de cada producto ofertado que cumplan con todos los demás criterios” (pág. 27, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

Texto oficial completo

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El pliego condiciona el perfeccionamiento a publicación y registro

Documento del 21 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego indica que el contrato se perfecciona luego de publicarse y registrarse en Contraloría. La Ley establece que los contratos se perfeccionan con su formalización; la diferencia puede generar incertidumbre sobre cuándo nacen sus efectos y obligaciones.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional del PROGRAMA DE MEDICAMENTOS ESENCIALES/CENTRAL DE APOYO LOGÍSTICO (PROMESE/CAL), luego de su suscripción y, además, en el caso de las ins” (pág. 34, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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Prórroga automática de la validez de las ofertas

Documento del 21 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego dispone que la oferta se prorrogue automáticamente si el oferente no comunica con diez días hábiles de antelación que no desea renovarla. La Ley contempla que la institución solicite una prórroga determinada y que el oferente pueda rechazarla sin perder la garantía; conviene revisar la compatibilidad de ambas reglas.

“Si no manifiesta en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de diez (10) días hábiles al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por el mismo plazo original o el que fi” (pág. 17, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 110 — Prórroga a la validez de las propuestas

Artículo 110.- Prórroga a la validez de las propuestas. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 105 de la presente ley, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la institución podrá solicitar una prórroga de duración determinada. Párrafo I.- El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el procedimiento. Párrafo II.- Para que la oferta se estime prorrogada se requerirá que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, cuando este aplique al procedimiento, determinándose que quien no entregue la…

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A revisarHallazgo en documentos

Tope de subcontratación fijado en 50%

Documento del 21 ago 2026 · hace 2 meses

El modelo de contrato incluido en el pliego permite subcontratar hasta el 50% de las tareas. La Ley establece un máximo general de 45% para la subcontratación, por lo que la cláusula propone un margen mayor y puede reducir el control sobre qué proporción ejecuta directamente el adjudicatario.

“EL PROVEEDOR podrá subcontratar o ceder la ejecución de servicios hasta el cincuenta por ciento (50%) del monto de las tareas comprendidas en el contrato” (pág. 60, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

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Restricción a empresas con accionistas en común

Documento del 21 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego impide que participen simultáneamente empresas distintas si comparten algún accionista, aunque la prohibición legal citada en el marco se refiere a la participación múltiple de una misma persona. Esta condición puede excluir competidores que son personas jurídicas distintas.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” (pág. 43, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Requisitos de experiencia posiblemente desproporcionados al servicio

Documento del 21 ago 2026 · hace 2 meses

Para un servicio de mantenimiento vehicular, el pliego exige cinco años de experiencia en «suministros» y cinco cartas de referencia de clientes de los últimos tres años. La exigencia de experiencia en suministros, en vez de experiencia relacionada con el servicio, y su proporcionalidad con el objeto y el monto merecen revisión.

“Cinco (5) cartas de referencia de clientes previos del sector público y/o privado, de los servicios ofrecidos en los tres (3) últimos años donde se establezca los niveles de cumplimiento de sus servicios … Contar con un mínimo de cinco (5” (pág. 20, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Penalidades por retraso sin proporción o cálculo definido

Documento del 21 ago 2026 · hace 2 meses

El apartado de penalidades enumera advertencias, ejecución de garantías y rescisión, pero no fija una proporción o método para determinar penalidades diarias por demora. La Ley dispone que la proporción y determinación de esas penalidades estén establecidas en el pliego y el contrato.

“La Entidad Contratante establece penalidades, las cuales serán aplicadas cuando exista retraso en la entrega de los bienes/servicios sin causa debidamente justificada, entre ellas: 1) Advertencia escrita al proveedor; 2) Ejecución de las ga” (pág. 38, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora

Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…

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Otros documentos del proceso (8)

  • REQUERIMIENTO.pdfPliego · 21 ago de 2026 · 2 señales
  • ESPECIFICACIONES TECNICAS.pdfPliego · 21 ago de 2026 · 2 señales
  • APROBACION DE FONDOS.pdfDocumento · 21 ago de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 21 ago de 2026 · 1 señal
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 21 ago de 2026
  • ACTA DE INICIO.pdfInforme pericial · 21 ago de 2026
  • LISTADO DE VEHICULOS.pdfDocumento · 21 ago de 2026
  • ACTA DESIERTO_0001.pdfActa · 8 sept de 2026 · 1 señal

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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