miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de Condiciones.pdf

Servicios de almuerzo para los empleados del Consejo Nacional de Competitividad · Consejo Nacional de Competitividad

Publicado el 20 ago de 2026Fechado el 11 ago de 202655 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CNC-CCC-CP-2026-0003

Lo que dice

El pliego, fechado el 12 de agosto de 2026, establece las condiciones para contratar por doce meses el servicio de almuerzos del Consejo Nacional de Competitividad, con un presupuesto referencial de RD$6,000,000.00. Fija la convocatoria para el 21 de agosto y la recepción de ofertas hasta el 2 de septiembre de 2026; prevé adjudicar por mejor relación calidad-costo, con 70 puntos técnicos y 30 económicos.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Requisito de actividad comercial del RPE aparece como obligatorio y preferencial

Documento del 20 ago 2026 · hace 1 mes

En la descripción del objeto se exige que los oferentes tengan determinada actividad comercial y códigos; en la matriz de elegibilidad, en cambio, la actividad 90100000 o 90101604 figura como «preferiblemente». La discrepancia deja incierto si esa clasificación es condición de habilitación y puede provocar tratamientos distintos de ofertas.

“por lo que los oferentes deberán tener la actividad comercial … Restaurante y Cátering (servicio de comidas y bebidas ), clase … Servicios de banquetes y catering, código UNSPSC … tener preferiblemente la actividad comercial”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

La ubicación en el Distrito Nacional restringe la participación

Documento del 20 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego exige que los locales de los oferentes estén dentro del Distrito Nacional, aunque el servicio consiste en transportar y servir almuerzos. No presenta una justificación técnica de por qué la capacidad de entrega no bastaría; la regla puede excluir proveedores de otras demarcaciones capaces de prestar el servicio.

“Los locales de los oferentes deberán estar ubicados dentro del Distrito Nacional.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 224 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 224 — Domicilio local de los proveedores

Artículo 224.- Domicilio local de los proveedores. Para los fines del artículo 173 de la Ley núm. 47-25, el domicilio del proveedor MIPYME debe determinarse atendiendo a criterios de presencia efectiva y capacidad operativa en la demarcación territorial correspondiente, los cuales podrán acreditarse, de manera alternativa, mediante: 1. Sede principal, sucursal, oficina operativa o establecimiento registrado en la demarcación donde se ejecutará la contratación; 2. Capacidad comprobada de prestación del servicio o suministro en la zona, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual, la logística necesaria y los tiempos de respuesta requeridos; 3. Relación comercial previa y verificable en…

A revisarHallazgo en documentos

El desempate añade una prioridad distinta a la prevista en el reglamento

Documento del 20 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego establece primero la mayor puntuación en capacidad operativa e instalaciones como desempate, mientras que su sección posterior enumera las preferencias por inclusión y sostenibilidad y, si no aplican, el sorteo. La diferencia introduce incertidumbre sobre qué regla se aplicaría y podría afectar quién obtiene la adjudicación en caso de empate.

“En caso de empate entre dos o más oferentes, la adjudicación se realizará a favor del oferente que haya obtenido la mayor puntuación en la evaluación de la capacidad operativa e instalaciones… …1) Se dará preferencia al oferente o empresa q”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas

Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Se exige una característica constructiva específica de la cocina

Documento del 20 ago 2026 · hace 1 mes

El pliego exige que el establecimiento sea una cocina industrial construida en bloques, además de fijar condiciones de higiene y funcionamiento. No explica por qué el material constructivo es necesario para verificar la inocuidad o capacidad de ejecución; esa especificación puede excluir instalaciones equivalentes que satisfagan los controles sanitarios y operativos.

“Se requiere que su establecimiento sea una cocina industrial en óptimas condiciones de limpieza, construida in blocks, sin filtraciones ni goteras”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Condiciona la devolución de la garantía a una garantía de vicios ocultos

Documento del 20 ago 2026 · hace 1 mes

Para este contrato de servicios, el pliego condiciona la devolución de la garantía de fiel cumplimiento a presentar una garantía de vicios ocultos. El Reglamento establece esa garantía para contratos de obras, de modo que la exigencia podría imponer al prestador de un servicio una carga adicional no aplicable a este objeto.

“La garantía de fiel cumplimiento será devuelta luego de la recepción conforme del servicio incluidas las obligaciones de seguridad social y tras ser constituida y presentada la garantía de vicios ocultos a favor de la institución contratant”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 212 · Reglamento 52-26, art. 219 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 212 — Garantía contra vicios ocultos

Artículo 212.- Garantía contra vicios ocultos. La garantía contra vicios ocultos aplica para los contratos cuyo objeto sea la construcción de obras.

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 219 — Devolución de las garantías

Artículo 219.- Devolución de las garantías. Las garantías son devueltas a los oferentes o adjudicatarios, según corresponda, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, según las particularidades siguientes: 1. En la garantía de mantenimiento de·la oferta a: a) aquellos cuya propuesta técnica fue descalificada, le es devuelta una vez emitido el acto administrativo de descalificación; b) a aquellos que no fueron adjudicados, le es devuelta una vez emitido el acto de adjudicación; c) a los adjudicatarios del procedimiento, le es devuelta una vez presentada la garantía de fiel cumplimiento del contrato. 2. La garantía de fiel cumplimiento es devuelta luego de la recepción conforme de los…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

A revisarHallazgo en documentos

La evaluación de la degustación deja margen de valoración subjetiva

Documento del 20 ago 2026 · hace 1 mes

La degustación asigna puntajes a aspectos como aroma, textura y gusto, pero el pliego no detalla escalas o indicadores específicos para distinguir las puntuaciones de cada criterio. Aunque indica que se aplicará una escala uniforme de cero a cinco, la falta de anclajes observables puede dificultar la reproducibilidad de la evaluación.

“La degustación será evaluada mediante la siguiente tabla de puntuación: | Renglón | Criterio de evaluación | Puntuación máxima | Aspecto visual | Presentación de los alimentos: almuerzo tipo buffet, servidos en envases tipo chafing dish (pl”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Hay ambigüedad sobre si el permiso sanitario puede subsanarse

Documento del 20 ago 2026 · hace 1 mes

Una sección indica que no habilitará ofertas que no presenten el certificado sanitario con la propuesta; otras partes del pliego lo califican como subsanable, bajo la condición de que se justifique. La contradicción puede generar incertidumbre sobre la admisión de documentos y la aplicación uniforme del requisito.

“Debe presentarse el certificado sanitario vigente junto con la propuesta técnica. De no cumplir este requerimiento, no podrán ser habilitadas las propuestas para pasar a la siguiente fase, quedando descalificados para el presente proceso… …”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

Otros documentos del proceso (26)

  • 2026.07.29 F-10 Almuerzo.pdfDocumento · 20 ago de 2026
  • Cert. Existencia de Fondos.pdfDocumento · 20 ago de 2026
  • Convocatoria.pdfDocumento · 20 ago de 2026
  • Cronograma.pdfDocumento · 20 ago de 2026
  • Estudios Previos.pdfEstudio previo · 20 ago de 2026 · 1 señal
  • Solicitud de Compra.pdfSolicitud de compra · 20 ago de 2026 · 2 señales
  • compromiso-etico-de-las-instituciones-contratantes.docxDocumento · 20 ago de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 20 ago de 2026
  • Dec. Cert Colusion y Benef. Final.docxDocumento · 20 ago de 2026
  • DECLARACION JURADA PERSONAS JURIDICAS.docDocumento · 20 ago de 2026
  • Formulario codigo de etica.docxDocumento · 20 ago de 2026
  • Formulario-Beneficiario-simple-final.pdf

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Ver todos los detalles →
Texto oficial completo
Esta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Documento · 20 ago de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 20 ago de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 20 ago de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 20 ago de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica (1).docxInforme pericial · 20 ago de 2026
  • Matriz.pdfDocumento · 20 ago de 2026
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 21 ago de 2026
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal.docxDocumento · 21 ago de 2026
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 21 ago de 2026
  • Compromiso etico inst..pdfDocumento · 21 ago de 2026
  • Acta. Aprob. Modalidad.pdfPliego · 21 ago de 2026 · 1 señal
  • F-62.pdfActa · 21 ago de 2026
  • Acta Aprob. Definitivo.pdfActa · 18 sept de 2026 · 3 señales
  • Acta Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 6 oct de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —