El acta denomina el procedimiento Contratación Simplificada
· hace 1 mes
El portal identifica el proceso como Licitación Pública Abreviada y el monto estimado es RD$9,080,000. Para una convocatoria de bienes comunes en 2026, el umbral máximo de Contratación Simplificada indicado es RD$6,436,757.50; la denominación del acta no coincide con la modalidad registrada ni con el rango aplicable, aunque podría tratarse de un error de nomenclatura porque la referencia y el portal indican LPA.
“ÚNICO: Adjudicar el proceso de Contratación Simplificada, DEFENSA PUBLICA-CCC-LPA- 2026-0001, para la adquisición de equipos tecnológicos para uso del personal de la”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 65 · Reglamento 52-26, art. 144 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Ley 47-25, artículo 65 — Contratación simplificada
Artículo 65.- Contratación simplificada. La contratación simplificada es el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados y no comunes ni estandarizados, así como obras no complejas y reparaciones menores, cuando el valor estimado no exceda el umbral establecido.
Reglamento 52-26, artículo 144 — Contratación simplificada
Artículo 144.- Contratación simplificada. De conformidad con lo previsto en la Ley núm. 47-25, el procedimiento de contratación simplificada solo puede usarse cuando el valor estimado de la contratación no supere el umbral aplicable y en alguno de los siguientes casos: 1. Bienes o servicios comunes y estandarizados. 2. Bienes o servicios no comunes ni estandarizados, incluyendo servicios profesionales o de consultoría. 3. Obras no complejas. 4. Reparaciones menores. Párrafo. En la aprobación de la modalidad de procedimiento, el Comité de Contrataciones Públicas debe justificar la procedencia de la contratación simplificada en atención a lo previsto en la Ley núm. 47-25 y en el presente…