La base técnica, identificada como agosto de 2026, establece requisitos operativos para brigadas de gestión técnica en los sectores Invivienda Norte I y II, correspondientes a los lotes 2 y 3. Describe perfiles de personal, vehículos, herramientas, controles de ejecución y formas de pago; el portal registra para el proceso un monto estimado total de RD$185,489,681.50 y convocatoria del 20 de agosto de 2026. El documento también concede a EDEESTE discreción para modificar el sistema de evaluación del desempeño durante la ejecución y exige instalaciones del contratista a no más de 5 km de cada Centro Técnico.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La base permite que EDEESTE modifique el esquema de calificación con solo notificarlo con 30 días de anticipación, sin precisar límites ni criterios para el cambio. Como el resultado puede servir de antecedente para terminar el contrato, conviene verificar cómo se resguardan la objetividad y la previsibilidad de la evaluación.
“Este esquema de calificación podrá ser modificado discrecionalmente por EDEESTE, con la única obligación de notificarlo al Contratista con un plazo de anticipación no inferior a treinta (30) días.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 149 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 149 — Modificación de los contratos
Artículo 149.- Modificación de los contratos. Los contratos podrán ser modificados unilateralmente o de mutuo acuerdo, cuando existan razones de interés público y bajo la forma y condiciones previstas en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones, bajo las siguientes circunstancias mínimas: 1) Que la posibilidad de la modificación haya sido prevista en los pliegos de condiciones de manera clara, precisa e inequívoca en cuanto a su alcance, naturaleza, límites y condiciones de aplicación; 2) Que la modificación sea decidida de manera unilateral por la institución contratante, en atención a razones de interés general vinculadas con el objeto de la…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
La base exige al contratista mantener una instalación por cada zona a no más de 5 km del Centro Técnico. Es una condición geográfica que puede limitar quién puede participar o elevar los costos de entrada; conviene comprobar su necesidad operativa y proporcionalidad para cada zona.
“EL CONTRATISTA deberá contar con una instalación por cada Zona que permita que las brigadas puedan cumplir con el horario de trabajo establecido por EDEESTE en un radio de distancia máximo de hasta 5 KM del Centro Técnico.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona