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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES -PEIN-2026-0084.pdf

CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE UN INMUEBLE PARA ALBERGAR EL CENTRO EDUCATIVO PROFESORA IVELISSE PRAT RAMÍREZ, PERTENECIENTE AL DISTRITO EDUCATIVO 05-03, LA ROMANA. · Ministerio de Educación

Publicado el 19 ago de 2026Fechado el 18 ago de 20269 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINERD-CCC-PEIN-2026-0084

Lo que dice

El pliego invita a Javier Ramirez Jimenez a presentar una propuesta para el alquiler del inmueble destinado al Centro Educativo Profesora Ivelisse Prat Ramírez, mediante contratación directa, con plazo de presentación hasta el 28 de agosto de 2026 a las 11:00 a. m. Establece un monto total de RD$11,370,000 por 24 meses, con pagos mensuales de RD$375,000 más ITBIS y un depósito de RD$750,000. El plazo aparece contradictoriamente como «dos (3) años» en una sección, aunque la ficha técnica y el calendario de pagos indican dos años.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$11.4 millones

Invitación directa a un único propietario identificado

Documento del 19 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego formula el procedimiento como contratación directa y dirige la solicitud a Javier Ramirez Jimenez, para un inmueble identificado por ubicación y características. El Reglamento establece convocatoria pública para el arrendamiento y permite selección directa excepcionalmente cuando solo un proveedor pueda satisfacer la necesidad; corresponde verificar que la justificación del expediente sustente esa excepción.

“Solicitud de propuesta para procedimiento de excepción, mediante contratación directa, para el arrendamiento de inmuebles para uso Estatal. … Señores: JAVIER RAMIREZ JIMENEZ” (págs. 1-2)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal

Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentosRD$11.4 millones

Contradicción sobre la vigencia del arrendamiento

Documento del 19 ago 2026 · hace 2 meses

La sección de vigencia dice «dos (3) años», mientras la ficha técnica fija dos años y el calendario cubre 24 meses, de octubre de 2026 a septiembre de 2028. La contradicción puede afectar la duración contractual y el monto de las obligaciones; debe aclararse antes de formalizar el contrato.

“Que la vigencia del contrato sea de dos (3) años, de conformidad con el cronograma de entrega de cantidades de servicios por mes adjudicadas, el cual formará parte integral y vinculante del mismo…” (pág. 8)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 135 · Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos

Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal

Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos fiscales sin mención de la excepción para MIPYMES

Documento del 19 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego exige a los oferentes certificaciones vigentes de DGII y TSS que acrediten estar al día, sin mencionar la excepción legal que permite a las MIPYMES participar pese a atrasos de hasta seis meses. La condición puede restringir la participación de MIPYMES que reúnan los requisitos de esa excepción.

“Copia de la Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), vigente, donde se evidencia que el oferente se encuentra al día con sus obligaciones fiscales. 2. Certificación de pago de la Tesorería de la” (pág. 5)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

A revisarHallazgo en documentos

Regla contradictoria sobre la omisión de formularios requeridos

Documento del 19 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego enumera formularios estandarizados como parte de la documentación requerida, pero luego indica que omitir cualquiera de esos documentos no será motivo de rechazo ni obstáculo para evaluar. Esto entra en tensión con la exigencia posterior de presentar toda la documentación obligatoria y deja incierto qué documentos son efectivamente necesarios para verificar y comparar las propuestas.

“Se aclara que, en el evento de que un(a) oferente no presente su oferta en alguno de estos documentos estandarizados, esto no será motivo de rechazo de su oferta, ni será obstáculo para que los peritos la evalúen. … Presentación de toda la ” (págs. 7-8)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Javier Ramirez JimenezEl pliego le solicita presentar propuesta; el portal registra su oferta como cargada y pendiente.MencionadoLote únicoRD$11,370,000

Otros documentos del proceso (12)

  • ACTO ADMINISTRATIVO PEIN-2026-0084.pdfPliego · 19 ago de 2026 · 1 señal
  • ACTO ADMINISTRATIVO.pdfResolución · 19 ago de 2026
  • ESTUDIO PREVIO ALQUILERES.pdfEstudio previo · 19 ago de 2026
  • FICHA TÉCNICA-PEIN-2026-0084.pdfPliego · 19 ago de 2026
  • FORMULARIO.zipDocumento · 19 ago de 2026
  • INFORME JUSTIFICATIVO-PEIN-2026-0084.pdfInforme justificativo · 19 ago de 2026 · 1 señal
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  • MODELO DE CONTRATO.zipContrato · 19 ago de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRAS PEIN-0084.pdfSolicitud de compra · 19 ago de 2026
  • TITULO-PEIN-2026-0084.pdfDocumento · 19 ago de 2026
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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