El Acto Administrativo núm. 54-2026, de 2026-06-30, aprueba las especificaciones técnicas y el pliego, adopta la Licitación Pública Nacional IDEICE-CCC-LPN-2026-0003 y designa tres peritos para evaluar las ofertas. Ordena continuar con la convocatoria, que el portal registra para 2026-08-19; el monto estimado publicado en el portal es RD$14,898,193.20.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto designa tres peritos, pero no detalla para cada uno los cargos y perfiles, las funciones específicas asignadas ni la declaración de ausencia de conflictos de interés que debe indicar el acto de designación. Conviene verificar si la designación formal cumple esos requisitos en el expediente.
“Se designan las siguientes personas como peritos para el proceso de evaluación de las ofertas técnicas y económicas: 1- Natasha Mercedes Arias (Perito Técnico) Departamento de Divulgación. 2- Michael Alberto Borelli Núñez (Perito Legal) Div” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
El listado de miembros identifica a Oliver Casado Martínez, mientras que la firma aparece como Oliver Fernando Casado. Puede tratarse de una variación de nombre, pero la diferencia merece verificarse para confirmar la identidad del miembro que participó y firmó el acto.
“Lic. Oliver Casado Martínez, encargado del Departamento de Planificación y Desarrollo, miembro; … Oliver Fernando Casado Enc. de Planificación y Desarrollo Miembro” (págs. 1-3, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona