El Acta núm. 106-2026, de fecha 18 de agosto de 2026, aprueba el informe definitivo corregido y adjudica los 13 lotes del proceso de emergencia SNS-MAE-PEEN-2026-0002 por RD$303,026,917.48, impuestos incluidos cuando corresponda. El acto dispone que la distribución siga la regla de un lote por oferente, pero su cuadro asigna dos lotes a Constructora Magón, SRL y dos a GA Constructora, SRL.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta declara que adjudica aplicando la regla de un lote por oferente, pero su cuadro asigna los lotes 02 y 11 a Constructora Magón, y los lotes 03 y 12 a GA Constructora. La distribución resultante contradice la regla que el mismo acto dice aplicar y afecta la asignación de cuatro lotes.
““fue aplicada la regla de adjudicación de un (1) lote por oferente” … “02 | Constructora Magón, SRL” … “11 | CPN Sosúa, CPN Villa Liberación, CPN Sabaneta de Yásica — Prov. Puerto Plata | Constructora Magón, SRL” … “03 | GA Constructora, SR”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Constructora Morel Arias, SRLEl acta señala que presentó oferta únicamente para el lote 06 y ocupó el sexto lugar en la comparación económica; indica que la observación sobre su evaluación financiera no incidía en el resultado de ese lote.