El pliego establece las condiciones para la compra de pollitas ponedoras del proceso FEDA-CCC-CP-2026-0005, con monto estimado de RD$6,436,695.00, entregas parciales de al menos 1,200 aves y plazo contractual de 12 meses. Fija la presentación de ofertas para el 27 de agosto de 2026 y la adjudicación para el 22 de septiembre de 2026; también contempla anticipos de 20% para proveedores no MIPYMES y 30% para MIPYMES.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego permite hasta 30 días hábiles para pagar desde la presentación de las facturas. La Ley fija un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, sin especificarlo como días hábiles; el cómputo del pliego podría extender ese límite.
“Estos pagos se harán en un período no mayor de [30 días hábiles] contados a partir de que el proveedor remita a1 supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes ofrecidos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Se solicitan documentos de identidad y certificados de antecedentes penales del oferente o representante y de directivos, representantes y accionistas que superen el 10% del capital. Son requisitos adicionales que abarcan personas vinculadas al oferente y cuya proporcionalidad respecto de la compra de aves conviene revisar; la Ley exige que los requisitos de calificación sean proporcionales al valor y naturaleza del objeto.
“Documento de identidad del oferente y/o representante y/o de los directivos, representantes y accionistas principales que representen más de1 10% del capital social … Certificación de no antecedentes penales del oferente y/o representante”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego condiciona el anticipo del 30% a que se desembolse hasta 60 días después de la firma o certificación. La Ley establece el anticipo del 30% con la suscripción, por lo que el plazo del pliego puede retrasar el acceso de las MIPYMES a ese flujo.
“El anticipo que Ie será otorgado al adjudicatario como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11, que asciende a 20% para los proveedores que no son MIPYMES y a un 30% si se trata de un oferente”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Si la diligencia detecta indicios, el pliego concede tres días hábiles para que el oferente responda y contempla su descalificación si no los desvirtúa. El Reglamento fija cinco días hábiles para presentar alegatos de defensa antes de la decisión de exclusión por prácticas prohibidas.
“Además, le otorgará un plazo de … 3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado. Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…
En distintas secciones se incluyen formularios estandarizados entre los documentos requeridos, pero el pliego también dice que omitirlos no será motivo de rechazo. Esta contradicción puede llevar a evaluaciones inconsistentes sobre qué documentos son exigibles.
“Los documentos contenidos en el "Sobre A" y en el "Sobre B", deberán ser ptesentados tanto en original debidamente marcado como "ORIGINAL" en 1a primera página del ejemplar, junto con Tres (03) fotocopia(s) simple(s) de los mismos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El pliego fija vigencia hasta el 14 de septiembre, mientras que su cronograma programa la adjudicación para el 22 de septiembre. Aunque permite solicitar prórrogas, el proceso depende de que los oferentes mantengan sus propuestas vigentes mediante esa extensión.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta e1 día 14 del mes de septiembre del año 2026. Se podrá solicitar a los(as) oferentes/ proponentes una prórroga, antes de1 vencimiento,del-' período de validez de sus”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 110 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 110 — Prórroga a la validez de las propuestas
Artículo 110.- Prórroga a la validez de las propuestas. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 105 de la presente ley, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la institución podrá solicitar una prórroga de duración determinada. Párrafo I.- El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el procedimiento. Párrafo II.- Para que la oferta se estime prorrogada se requerirá que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, cuando este aplique al procedimiento, determinándose que quien no entregue la…
El pliego exige que el RPE incluya las actividades UNSPSC 10100000 y 10101601. Según los datos de registro y DGII consultados el 27 y 28 de septiembre de 2026, posteriores a la convocatoria, Agroinfante aparece como no clasificada y dedicada a venta mayorista de productos agrícolas, y SOLUCORP figura en bienes y dedicada a equipos de oficina; esos datos no prueban cuál era su situación al ofertar ni descartan otras actividades, pero ameritan verificar la clasificación y capacidad pertinentes. El portal registra ambas ofertas como cargadas y pendientes, sin monto informado.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emiüdo por 1a Dirección Generai de Contrataciones Públicas, debe tene¡ i¡scrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial … Animales Vivos y”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 41 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
El pliego afirma que el contrato se perfecciona después de su publicación y, para ciertas instituciones, de su registro en Contraloría. La Ley dispone que el perfeccionamiento ocurre con la formalización; la diferencia puede generar incertidumbre sobre el momento en que nacen las obligaciones contractuales.
“E1 contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal i¡stitucional EL FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO (FEDA), en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · Reglamento 52-26, art. 179 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Reglamento 52-26, artículo 179 — Formalización del contrato
Artículo 179.- Formalización del contrato. Todos los contratos deben constar por escrito, en soporte físico o digital, y cumplir con todos los requisitos previstos en la Ley núm. 47-25. Los contratos en formato digital deben utilizar mecanismos de firma electrónica o firma digital reconocidas, conforme a la normativa sobre comercio electrónico. Párrafo. La inclusión de cláusulas de renovación automática en los contratos administrativos celebrados entre las instituciones contratantes y los proveedores no tendrá ningún efecto ni validez jurídica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona