El pliego solicita propuestas a Orión Investments Group, INC mediante contratación directa por proveedor único para los servicios del evento RED GEALC, previsto del 30 de septiembre al 2 de octubre de 2026. Fija un presupuesto base de RD$8,563,243.00 con impuestos incluidos y exige que el hotel sede sea el JW Marriott Santo Domingo. Establece evaluación de cumplimiento técnico y requisitos financieros para la propuesta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego indica evaluación cumple/no cumple respecto de las especificaciones, pero no precisa en esa sección cómo se evaluará la oferta económica ni cómo se determinará la adjudicación frente al presupuesto base. La falta de una regla explícita merece revisión porque el documento solicita una cotización económica y debe permitir conocer anticipadamente cómo se valorará la propuesta.
“Criterios de evaluación El servicio requerido será evaluado bajo el método de CUMPLE / NO CUMPLE con las especificaciones técnicas de las mismas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
El pliego identifica de antemano al JW Marriott como sede oficial y sostiene que usar otro establecimiento afectaría la operación, pero esa justificación no acredita por sí misma que solo exista un proveedor capaz de prestar los servicios. La solicitud se dirige a Orión; conviene verificar el análisis de mercado y la exclusividad que respaldan la selección directa, sin duplicar el hallazgo ya registrado sobre la excepción reglamentaria para inmuebles.
“Como parte de la planificación interinstitucional realizada por las entidades coorganizadoras, el Hotel JW Marriott Santo Domingo fue seleccionado como Sede oficial del evento, en atención a que reúne las condiciones de infraestructura”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 166 · Ley 47-25, art. 78 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
El pliego presenta solvencia y liquidez con fórmulas expresadas como activo dividido entre pasivo, aunque con umbrales distintos, y no diferencia qué partidas deben computarse para cada indicador. Esa redacción puede producir evaluaciones financieras distintas entre oferentes o dificultar la verificación uniforme de la capacidad económica.
“índice de solvencia = Activo Total/ Pasivo Total ▪ Límite establecido Mayor o igual a 1.20 o índice de liquidez = Activo / Pasivo ▪ Límite establecido Mayor o igual a 0.9”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Orión Investments Group, INCDestinatario de la solicitud de propuesta; según el portal, oferta cargada y pendiente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona