El estudio previo, fechado el 30 de julio de 2026, recomienda contratar nuevamente por excepción tres locales para oficinas y almacenes, con los proveedores que ya ocupan los inmuebles: Inversiones Field, Real State YP e Inversiones Vinicio Peña. El proceso tiene un monto estimado de RD$10,136,000, mientras que el estudio identifica RD$2,800,000 en la cuenta presupuestaria indicada para imputar la contratación, diferencia que requiere conciliación. El documento identifica cuatro peritos y contiene una matriz de riesgos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio recomienda contratar nuevamente con los tres proveedores vinculados a los inmuebles ya utilizados y menciona las inversiones previas en su adecuación. Como el Reglamento prevé convocatoria pública para el arrendamiento de inmuebles y reserva la selección directa para el caso excepcional de un único proveedor, conviene verificar que el expediente sustente la modalidad aplicada y cómo se consideraron alternativas; el estudio también dice que se consultaron portales inmobiliarios, por lo que este documento no basta para concluir que no hubo análisis de mercado.
“Es válido destacar que, desde la suscripción de estos contratos hasta la fecha hemos realizado inversiones monetarias destinadas a la mejora y adecuación de los locales alquilados, con las amenidades requeridas para las funciones para las c”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · Ley 47-25, art. 78 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
El estudio consigna RD$2,800,000.00 como valor de la cuenta para imputar el proceso, frente a un monto estimado total de RD$10,136,000. La diferencia es de RD$7,336,000; otro documento del expediente indica que existen apropiaciones y cuotas, por lo que debe conciliarse si el saldo se respalda con otras partidas o certificaciones.
“La cuenta para imputar en este proceso es la 2.2.5.1.01 por un valor de RD$2,800,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
Oferentes que registra (3)
3 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Inversiones Field, S.R.L.El estudio la identifica como representante de la propietaria de la nave IF-15 y recomienda continuar la contratación con ella; este documento no adjudica el contrato.
Mencionado
Nave industrial IF-15, almacén en Pedregal/Honduras
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Real State YP, S.R.L.El estudio la identifica como propietaria de la nave de San Isidro y recomienda continuar la contratación con ella; este documento no adjudica el contrato.
Mencionado
Nave industrial, San Isidro
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Inversiones Vinicio Peña, S.R.L.El estudio la identifica como propietaria del local para oficinas y recomienda continuar la contratación con ella; este documento no adjudica el contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona