La Resolución Administrativa núm. 010/2026, de 2026-08-07, acepta la renuncia presentada el 2026-07-23 por BUSSINES SUPPLIER D3, SRL, a la adjudicación del ítem 39, inicialmente por RD$45,630.60. El Comité adjudica ese ítem a OMX MULTISERVICIOS, SRL, identificada como segundo lugar, por RD$67,260.00, y ordena formalizar el contrato y notificar y publicar la decisión.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La nueva adjudicación eleva el monto de RD$45,630.60 a RD$67,260.00: RD$21,629.40 más, aproximadamente un 47.4%. El acta indica que OMX quedó en segundo lugar, lo que puede explicar el cambio de precio, pero conviene verificar la comparación económica y el efecto de la renuncia en el gasto.
“Que, el ítem 39 adjudicado al oferente BUSSINES SUPPLIER D3, SRL, corresponde a la adquisición de doscientas (200) resma de papel bond 8 1/2 x 11 copia color azul, el cual engloba un valor de Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Treinta Pesos c”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Esta acta incorpora una nueva adjudicación a OMX para suministrar papel de oficina. Según la consulta DGII del 2026-09-27 aportada como contexto, su actividad registrada figura como venta mayorista de productos alimenticios; ese dato posterior al proceso no prueba cuál era su giro al ofertar, pero hace pertinente verificar la correspondencia de la actividad registrada entonces con el objeto.
“TERCERO: ADJUDICA el ítem 39, al oferente que quedo en segundo lugar del cuadro de posiciones contenido en el informe de evaluación económica y recomendación de adjudicación del Procedimiento de Licitación Pública Nacional núm. MOPC-CCC-LPN”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona