El Acta núm. 105-2026, de fecha 2026-08-17, aprueba la contratación simplificada y el pliego del proceso DIGESETT-CCC-CP-2026-0014 para servicios de reparación y mantenimiento de vehículos, por un valor estimado de RD$5,998,973.55 y dirigido a MIPYMES. El documento presenta diferencias en la referencia del proceso y en el alcance de la reserva, y fundamenta la modalidad con un rango de umbral que no coincide con el vigente para la convocatoria de agosto de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El encabezado identifica el procedimiento como DIGESETT-CCC-CP-2026-0013, mientras que la agenda y la resolución aprueban el DIGESETT-CCC-CP-2026-0014. La diferencia puede dificultar la trazabilidad del acto respecto del expediente al que pretende dar inicio.
“ACTO ADMINISTRATIVO PARA INICIO DE PROCEDIMIENTO A LA CONTRATACION SIMPLIFICADA, DIGESETT-CCC-CP-2026-0013… …formalmente convocados para REALIZAR EL ACTO ADMINISTRATIVO de la contratación simplificada No. DIGESETT–CCC-CP-2026-0014”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 23 · Ley 47-25, art. 25 · con ChatLeyes
Artículo 23.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación generará un expediente administrativo bajo las formas, condiciones y responsabilidades previstas en la Ley sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán el plazo por el cual debe mantenerse disponible este expediente administrativo. Párrafo II.- Las personas con calidad e interés jurídico en el procedimiento de contratación de que se trate, tendrán acceso al expediente administrativo respectivo, sin perjuicio de las reservas justificadas por razones de confidencialidad o interés…
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
La agenda menciona una contratación dirigida exclusivamente a MIPYMES mujeres, mientras que el objeto y la resolución la describen como dirigida a MIPYMES en general. La diferencia deja sin precisar en este acto qué grupo de proveedores queda habilitado por la reserva.
“…contratación simplificada No. DIGESETT–CCC-CP-2026-0014, destinado a la adquisición de servicio de reparación y mantenimiento de vehículo, dirigido exclusivamente a mipymes mujeres. …el proceso de contratación simplificada sea el que rija ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
El acta cita para contratación simplificada de bienes y servicios un máximo de RD$5,644,812.73, inferior al estimado de RD$5,998,973.55. Para la convocatoria de agosto de 2026, el umbral vigente de contratación simplificada llega a RD$6,436,757.50, por lo que la modalidad aprobada sí corresponde al umbral aplicable; conviene aclarar la referencia de umbral usada en la motivación.
“…el monto establecido es desde RD$1,860,642.56 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS DOMINICANOS CON 56/100) hasta RD$5,644,812.73 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS DOCE PESOS DOMINI”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 59 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona