El pliego fija un presupuesto base de RD$5,000,000.00 para el mantenimiento y reparación del sistema chiller de DIGEPRES, con evaluación técnica y económica bajo la modalidad cumple/no cumple y adjudicación al menor precio entre las ofertas habilitadas. Establece una visita técnica obligatoria para el 18 de septiembre de 2026, aunque el cierre de ofertas es el 25 de agosto, y dispone requisitos de experiencia, garantías y pagos que merecen revisión frente al marco aplicable. El portal registra la adjudicación a Buiteco, EIRL por RD$3,940,000.00, impuestos incluidos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para un servicio con presupuesto base de RD$5,000,000, el pliego exige al proveedor al menos diez años de experiencia y cinco contratos, certificaciones o referencias. La combinación puede restringir la participación de empresas con capacidad técnica suficiente pero menor antigüedad o menor número de proyectos; corresponde revisar su proporcionalidad respecto del objeto y alcance del contrato.
““Documentos (mínimo cinco (5) contratos, certificaciones o cartas de referencia del sector público y privado) que avalen la Experiencia del Proveedor en proyectos relacionados al FMET objeto de contratación, con un mínimo de 10 años de expe”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego exige realizar la visita antes de presentar la oferta, pero su cronograma la fija para el 18 de septiembre, después del cierre del 25 de agosto. La contradicción puede impedir que los oferentes cumplan la condición en la secuencia prevista y crea incertidumbre sobre la evaluación.
““Nota: Los oferentes deberán realizar una visita técnica a las instalaciones, previo a la presentación de su oferta” … “Visita técnica a las instalaciones de la institución | 18/09/2026 a las 02:00 p.m.””
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 87 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego exige una garantía de seriedad del 1% a los oferentes y solo les concede a las MIPYMES una modalidad de fianza de seguro. La Ley 47-25 dispone que no se requiere garantía de seriedad de oferta para las MIPYMES, por lo que esta exigencia añade una carga de participación para ese grupo.
““los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta” … “Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego permite hasta 45 días para pagar desde la remisión de las facturas. La Ley 47-25 establece un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento; conviene verificar la compatibilidad de esta condición de pago con esa regla.
““En ambos casos, este pago se hará en un período no mayor de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes ofrecidos.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El pliego prevé el anticipo del 30% para MIPYMES, pero permite desembolsarlo hasta 30 días después de la firma. La ley dispone que el anticipo debe otorgarse con la suscripción del contrato; la diferencia temporal puede afectar el flujo de caja que busca asegurar esa regla.
““El anticipo que será otorgado al adjudicatario, conforme a las condiciones de pago establecidas en la SECCIÓN III, numeral 11”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego pide acreditar capital de trabajo y solvencia mediante documentos bancarios u otros soportes, pero no fija un monto mínimo ni una fórmula para determinar cuándo la capacidad es suficiente. Aunque la evaluación se define como cumple/no cumple, la falta de parámetros verificables puede dejar margen de valoración no uniforme entre oferentes.
““Documentos que avalen capacidad económica (capital de trabajo y solvencia) para que sustenten la operación. Pueden ser documentos bancarios que demuestren que el oferente puede garantizar el servicio ofrecido””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (3)
2 mencionado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Buiteco, EIRLEl portal y el resumen del acta de adjudicación registran la adjudicación por RD$3,940,000.00, impuestos incluidos.
Adjudicado
—
RD$3,940,000
DG DIAZ GROUP SRLEl portal registra una oferta de RD$4,248,000 como cargada y pendiente; el acta resumida no identifica su resultado individual.
Mencionado
—
RD$4,248,000
CIADOM, SRLEl portal registra una oferta de RD$0 como cargada y pendiente; el acta resumida no identifica su resultado individual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona