Clasificación del mobiliario como bien común y estandarizado
· hace 2 meses
El acta justifica la subasta inversa afirmando que los bienes son comunes y estandarizados; sin embargo, las especificaciones del proceso incluyen mobiliario hecho a la medida. Conviene verificar si esa clasificación se sostiene para los artículos convocados, pues la modalidad se aplica a bienes comunes y estandarizados.
“la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación justificó técnicamente que los bienes objeto de la contratación constituyen bienes comunes y estandarizados, susceptibles de comparación objetiva y, por tanto, reúnen las condicio”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 58 · Ley 47-25, art. 63 · Reglamento 52-26, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 58 — Selección por la naturaleza del contrato
Artículo 58.- Selección por la naturaleza del contrato. La selección por naturaleza del contrato aplicará en: 1) La licitación pública abreviada para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados que igualen o superen el umbral mínimo determinado para licitación pública, siempre y cuando se cumplan las disposiciones de los tratados internacionales vigentes; 2) El sorteo de obras para obras no complejas y reparaciones menores, siempre que no supere el umbral para la licitación pública; 3) La subasta inversa para contratación de bienes comunes y estandarizados, independientemente del valor estimado.
Ley 47-25, artículo 63 — Subasta inversa
Artículo 63.- Subasta inversa. La subasta inversa es el procedimiento de selección que podrá utilizarse para contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en la presente ley, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del Sistema Electrónico de las Contrataciones Públicas o a través de subasta presencial ante la institución contratante. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán el procedimiento y mecanismo aplicable para la realización de la subasta inversa, garantizando que sea de manera pública, transparente y en igualdad…
Reglamento 52-26, artículo 134 — Procedimiento de subasta inversa
Artículo 134.- Procedimiento de subasta inversa. El procedimiento de subasta inversa se ejecuta, como regla, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El pliego de condiciones debe contener las disposiciones establecidas en este reglamento e indicar de manera expresa la duración de las pujas, que en ningún caso podrá ser menor de quince (15) minutos ni mayor a sesenta (60).