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Estudio previo

2 Informe de Estudios Previos del Proceso.pdf

Adquisición de Tóneres y Cartuchos Dirigido Exclusivamente a Empresas MIPYMES Mujeres · Policia Nacional

Publicado el 13 ago de 2026Fechado el 11 ago de 20265 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso POLICIA NACIONAL-CCC-CP-2026-0020

Lo que dice

El informe de estudios previos, fechado el 12 de agosto de 2026, sustenta la adquisición de 25 ítems de tóneres y cartuchos para la Policía Nacional, dirigida exclusivamente a MIPYMES mujeres. Fija un presupuesto referencial de RD$6,430,903.30, incluidos impuestos, y propone la contratación simplificada. También establece que solo aceptará proveedores domiciliados en [domicilio omitido]

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Restricción territorial excluyente para proveedores

Documento del 13 ago 2026 · hace 2 meses

El informe establece que solo se aceptan proveedores del Distrito Nacional. El Reglamento dispone que el domicilio territorial para MIPYMES debe tener carácter preferencial y solo puede ser condición habilitante cuando la naturaleza del objeto lo requiera razonablemente y la restricción se justifique; el informe no explica por qué el suministro de estos bienes exige presencia local.

“Solo se aceptan proveedores dentro del Distrito Nacional, sujetos a inspección de infraestructura, seguridad, limpieza y equipamiento.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 224 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 224 — Domicilio local de los proveedores

Artículo 224.- Domicilio local de los proveedores. Para los fines del artículo 173 de la Ley núm. 47-25, el domicilio del proveedor MIPYME debe determinarse atendiendo a criterios de presencia efectiva y capacidad operativa en la demarcación territorial correspondiente, los cuales podrán acreditarse, de manera alternativa, mediante: 1. Sede principal, sucursal, oficina operativa o establecimiento registrado en la demarcación donde se ejecutará la contratación; 2. Capacidad comprobada de prestación del servicio o suministro en la zona, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual, la logística necesaria y los tiempos de respuesta requeridos; 3. Relación comercial previa y verificable en…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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ContextoHallazgo en documentosRD$6.4 millones

Presupuesto estimado muy próximo al límite de la modalidad

Documento del 13 ago 2026 · hace 2 meses

El monto estimado de RD$6,430,903.30 queda RD$5,854.20 por debajo del máximo de RD$6,436,757.50 para contratación simplificada de bienes y servicios en 2026. La modalidad corresponde al monto según el umbral, pero la cercanía hace pertinente verificar la estimación y su respaldo de mercado; por sí sola no demuestra una irregularidad.

“el presupuesto base o referencial asciende a un monto total de seis millones cuatrocientos treinta mil novecientos tres pesos con 30/100 (RD$6,430,903.30), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo tota”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 59 · Ley 47-25, art. 92 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía

Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 59 — Umbrales de contratación

Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…

ContextoHallazgo en documentos

Estimación sustentada en cotizaciones de un proceso anterior

Documento del 13 ago 2026 · hace 2 meses

El estudio de mercado se basa en tres cotizaciones obtenidas en un proceso anterior para los mismos bienes. Conviene verificar que esos precios sigan representando el mercado al momento de esta convocatoria; el informe no establece que las cotizaciones sean inválidas ni que el cálculo sea incorrecto.

“Para la elaboración del presente estudio de mercado, se recurrió al análisis comparativo de tres cotizaciones obtenidas en un proceso de contratación anterior, correspondiente a la adquisición de los mismos bienes.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

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Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos

Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…

Otros documentos del proceso (24)

  • 1 Acto de Aprobación de selección y designación de peritos.pdfInforme pericial · 13 ago de 2026 · 1 señal
  • 3 Solicitud de Compra o Contratacion.pdfSolicitud de compra · 13 ago de 2026
  • 4 Especificaciones Tecnicas.pdfPliego · 13 ago de 2026 · 1 señal
  • 5 Pliego Estandar de compra de Bienes rev. PNP 19.3.2024.pdfPliego · 13 ago de 2026 · 5 señales
  • 6 Acto Administrativo de Inicio del Procedimiento.pdfPliego · 13 ago de 2026
  • 7 Convocatoria.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • Compromiso etico de las instituciones contratantes.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • compromiso etico de proveedores.docxDocumento · 13 ago de 2026
  • contrato ejecucion de bienes.docxContrato · 13 ago de 2026
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 13 ago de 2026
  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras.docxDocumento · 13 ago de 2026

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado

Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.

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SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 13 ago de 2026
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