El Acta Administrativa núm. CC-2026-0261, fechada el 7 de agosto de 2026, adjudica a Totalenergies Marketing Dominicana, S.A. los ítems de diésel y gasolina del proceso INAIPI-CCC-LPN-2026-0007 por RD$50,037,532.80. El documento consigna que Gulfstream Petroleum Dominicana, SRL no llegó a la apertura económica y que la oferta adjudicada fue recomendada tras una aclaración sobre las cantidades consignadas en su formulario económico.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta está fechada el 7 de agosto, pero consigna que el informe definitivo de evaluación económica fue emitido el 12 de agosto; a la vez, indica que la aprobación y adjudicación se produjeron el 7 de agosto. Podría tratarse de un error de fecha, pero la secuencia consignada deja por verificar qué informe sustentó la decisión al momento de adoptarse.
“En fecha doce (12) de agosto del año dos mil veintiséis (2026), los peritos emitieron el Informe Definitivo de Evaluación Económica y Recomendación de Adjudicación…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 124 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El acta adjudica por RD$50,037,532.80, exactamente el valor estimado del proceso según el portal. El portal registra además ofertas de ambos participantes por RD$50,037,533, cifra que coincide con el adjudicado al redondear al peso; esta coincidencia merece cotejarse con las ofertas originales y el criterio de descuento previsto para evaluar los precios de combustible.
“por un valor de CINCUENTA MILLONES TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS PESOS DOMINICANOS CON 80/100 (RD$50,037,532.80)”
Totalenergies Marketing Dominicana, S.A.Adjudicada para los ítems I y II por RD$50,037,532.80; el acta la identifica como la oferta técnica y económica más conveniente.
Adjudicado
Ítems 1 y 2
RD$50,037,533
Gulfstream Petroleum Dominicana, SRLSegún el resultado de evaluación técnica previo consignado en los antecedentes del proceso: incluyó en el Sobre A el detalle de precios correspondiente al Sobre B, ofreció crédito de 30 días frente al mínimo de 45 días y no atendió la subsanación indicada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona