El Comité de Contrataciones Públicas del Ayuntamiento de Santo Domingo Este adjudicó por unanimidad, el 11 de agosto de 2026, la licitación abreviada ASDE-CCC-LPA-2026-0001 a Nedercorp Investment, SRL, por RD$14,499,892.86. El acta registra que se recibió una sola oferta y que el oferente cumplió los requisitos del pliego; la adjudicación se basó en el criterio de menor precio.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta indica que procede un recurso jerárquico en diez días y cita el artículo 204. La Ley establece primero la reconsideración ante el órgano responsable y prevé el recurso jerárquico impropio contra la resolución que decida esa reconsideración; la indicación podría generar confusión sobre la vía de impugnación disponible.
“Este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones es recurrible en sede administrativa mediante la interposición de un recurso jerárquico en un plazo de diez (10) días, conforme al artículo 204 de la Ley núm. 47-25”
Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración
Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.
Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Ley 47-25, artículo 208 — Plazo para la interposición del recurso
Artículo 208.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso jerárquico impropio deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en que la resolución impugnada sea notificada, de conformidad con las mismas reglas aplicables al recurso de reconsideración.
El acta adjudica RD$14,499,892.86, cifra que coincide exactamente con el monto estimado consignado en el portal; el acta también registra una sola oferta. La coincidencia no demuestra por sí sola un precio excesivo, pero amerita verificar la razonabilidad del estimado y del precio ofertado.
“se ofertó un monto de Catorce Millones Cuatrocientos Noventa y Nueve Mil Ochocientos Noventa Y Dos Pesos Dominicanos Con 86/100 Centavos (RD$14,499,892.86).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 34 · Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 34 — Perfil de contratante
Artículo 34.- Perfil de contratante. Las instituciones contratantes, sin perjuicio de las actuaciones publicadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, deberán contar con un apartado integrado a su portal institucional en donde se agrupen las informaciones y documentaciones relativas a su actividad contractual, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a estas. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán las informaciones, documentaciones y datos que deberán ser de acceso al público a través del perfil del contratante, así como las funcionalidades mínimas que deberán garantizarse a los usuarios de conformidad con la Ley…
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Nedercorp Investment, SRLEl acta indica que cumplió los requisitos del pliego y fue adjudicado por menor precio.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona