El pliego del proceso MIMARENA-DAF-CM-2026-0103, convocado el 13 de agosto de 2026 y dirigido exclusivamente a MIPYMES, fija un presupuesto de RD$48,470,745.56 distribuido en cinco lotes para remozar oficinas del Ministerio de Medio Ambiente. Establece evaluación técnica y económica con ponderaciones de 70% y 30%, respectivamente, y adjudicación por lote según la mejor relación calidad-costo. No identifica adjudicatarios; contiene reglas que requieren aclaración sobre la estructura por lotes, el anticipo, la evaluación en etapa única y ciertas condiciones de experiencia y penalidad.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para los lotes, incluidos los de menor presupuesto, el pliego exige que la compañía tenga al menos cinco años de experiencia y acredite proyectos del mismo rubro de monto igual o superior al de la contratación. Conviene verificar la proporcionalidad de ese umbral frente al valor y la naturaleza de cada lote, pues puede limitar la participación de MIPYMES con capacidad técnica pero menor antigüedad.
“La compañía deberá tener un mínimo de cinco (5) años de experiencia. Deberá adjuntar la documentación que acredite experiencia en este tipo de proyecto, de igual o mayor magnitud.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El pliego indica en un apartado que el anticipo será del 30%, pero en las condiciones de pago lo limita a un monto “no mayor” al 30%. Esa redacción podría permitir un anticipo inferior al porcentaje que la Ley establece como obligatorio para contrataciones con MIPYMES.
“La institución contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual al tratarse de un proceso dirigido exclusivamente a Mipymes ascenderá a un monto de un 30%9 del valor del Contrato … un primer pago”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego fija una penalidad de 15% del monto de la última cubicación, pero no expresa una tasa diaria ni cómo se relaciona el importe con la duración del retraso. Conviene precisar su cálculo para que la consecuencia económica sea previsible y verificable.
“En el caso que hubiera un retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, o Si EL CONTRATISTA no entrega la obra en el plazo convenido en el presente contrato, salvo caso de fuerza mayor, o pró”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora
Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…
El pliego denomina el procedimiento de “Etapa Única”, aunque también prevé sobres A y B, evaluación técnica previa y habilitación antes de evaluar las ofertas económicas. La coexistencia de ambas formulaciones deja incierta la secuencia aplicable a la apertura y evaluación de las ofertas.
“El Procedimiento de Selección aprobado por la Dirección Administrativa del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales para llevar a cabo el presente proceso es el de Proceso de Contratación Menor y se realizará mediante Etapa Única… ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas
Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
El pliego dice que la adjudicación será por “lote único”, pero identifica cinco lotes y después dispone adjudicar por lote. Puede interpretarse como una adjudicación individual por cada lote, pero la expresión inicial no deja inequívoca esa regla.
“El Procedimiento de Selección aprobado por la Dirección Administrativa del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales para llevar a cabo el presente proceso es el de Proceso de Contratación Menor y se realizará mediante Etapa Única; ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona