El estudio previo, fechado el 22 de mayo de 2026, describe la contratación de once proyectos de extensión de redes eléctricas en tres lotes y estima un costo total de RD$68,961,049.50. Justifica la necesidad por la ampliación del acceso al servicio eléctrico y relaciona las obras con siete provincias; incluye además una descripción del objeto y perfiles de peritos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra otro proceso de construcción, extensión y rehabilitación de redes eléctricas convocado el 16/06/2026 por RD$53,617,100.93, menos de tres meses antes de este proceso, cuyo estimado es RD$68,961,049.50. El anterior quedó apenas por debajo del máximo de contratación menor para obras (RD$53,622,276.92); ambos estimados suman RD$122,578,150.43, dentro del umbral de contratación simplificada. Como se trata de proyectos en distintas comunidades, corresponde verificar si eran necesidades independientes o si la separación incidió en la modalidad del proceso anterior.
“La ejecucion de estas obras contribuira al fortalecimiento de la infraestructura electrica en las provincias de Monte Cristi, Dajabon, Santiago Rodriguez, San Cristobal, San Jose de Ocoa, Hato … Mayor y El Seibo … En ese sentido, la”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · Ley 47-25, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
Artículo 82.- Fraccionamiento permitido. Podrá permitirse el fraccionamiento cuando: 1) Se realice la adjudicación de las contrataciones por etapas, tramos o lotes posibles, o se regionalicen procedimientos de contratación en función a la naturaleza del objeto de la contratación o para propiciar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), emprendimientos innovadores y de base tecnológica, de pequeños productores agrofamiliares y la participación local; 2) Estando planificada la contratación se evidencia que no se contaba con los recursos disponibles suficientes para realizar la contratación completa; 3) Se trate de procedimientos de excepción previstos en la…
El párrafo que presenta el costo estimado menciona Bahoruco y Elías Piña, pero el documento describe los proyectos y distribuye los lotes entre Monte Cristi, Dajabón, Santiago Rodríguez, San Cristóbal, San José de Ocoa, Hato Mayor y El Seibo. La tabla de lotes y los importes sí suman el total declarado, por lo que podría tratarse de texto no actualizado; conviene confirmar que el estudio de costos corresponde al alcance efectivamente convocado.
“El costo estimado para la contratacion de los once (11) proyectos, divididos en tres (3) lotes, destinados a la extension de redes de media y baja tension en las provincias de Bahoruco, Elias Pina y Hato Mayor, por un monto presupuestado de”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona