La solicitud de compra núm. 0001, fechada el 11 de agosto de 2026, plantea adquirir dos camiones compactadores por un total estimado de RD$14,000,000, a RD$7,000,000 por unidad. Indica que la compra no está planificada y estima la entrega cinco días después de la firma del contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud marca la contratación como no planificada, aunque el portal registra un Plan Anual de Contrataciones 2026 y el proceso es ordinario. La Ley dispone que toda contratación debe constar en esos planes, salvo las excepciones previstas; conviene verificar si el plan fue modificado o si la solicitud se incorporó posteriormente.
“Planificada: No” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
La solicitud identifica el camión compactador con el código 25101507, mientras el portal registra el ítem con el código UNSPSC 25101914. La diferencia merece cotejo para confirmar que la clasificación y la trazabilidad del objeto coinciden; podría tratarse de una discrepancia de catalogación sin efecto en la compra.
“1 | | 12.03.6.04.1.01 | ADQUISICIÓN DE CAMION COMPACTADOR | UND | 2 | 7,000,000.00 | 14,000,000.00” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona