miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Acta

01 APROBACION PROCESO.pdf

CONTRATACION SERVICIO DE ALQUILER DE 2 CAMIONES COMPACTADORES DE RESIDUOS SOLIDOS DE 18 YARDAS CUBICAS PROGRAMA BASURA CERO POR 4 MESES · Junta Municipal Palmarejo Villa Linda

Publicado el 11 ago de 2026Fechado el 4 ago de 20263 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso JMPVL-CCC-CP-2026-0001

Lo que dice

El acta del 5 de agosto de 2026 aprueba la ficha técnica y el pliego para alquilar dos camiones compactadores de 18 yardas cúbicas durante cuatro meses, en un procedimiento de comparación de precios dirigido a MIPYMES. También designa a Jhovanny Santana como perito técnico y a Mailkol Ramírez como perito financiero, y ordena publicar el acta, el pliego y la ficha técnica.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Designación de solo dos peritos para el procedimiento

Documento del 11 ago 2026 · hace 2 meses

El acta integra el equipo evaluador con un perito técnico y uno financiero, sin designar un perito legal. Para este procedimiento de comparación de precios, que no es contratación menor, la ley establece como mínimo tres peritos: uno legal, uno financiero y uno técnico.

“Sr. Jhovanny Santana | Perito Técnico | Evaluación de especificaciones de camiones, matrículas, seguros, planes de saneamiento y credenciales técnicas. Sr. Mailkol Ramírez | Perito Financiero | Evaluación de estados financieros, pólizas de ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos

Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos

Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

El acta atribuye al despacho del alcalde la aprobación del pliego

Documento del 11 ago 2026 · hace 2 meses

El documento presenta la aprobación del pliego como una decisión del Despacho del alcalde y encarga al comité su publicación. La ley atribuye al Comité de Contrataciones Públicas la aprobación del procedimiento de selección y del pliego; conviene verificar el acto decisorio del comité en el expediente.

“PRIMERO: APROBAR en todas sus partes la Ficha Técnica y el Pliego de Condiciones Específicas correspondiente al Procedimiento de Comparación de Precios Dirigido a MIPYMES”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 18 · Reglamento 52-26, art. 14 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 18 — Comités de contrataciones públicas

Artículo 18.- Comités de contrataciones públicas. Los comités de contrataciones públicas son órganos deliberativos y decisorios permanentes que conocerán, a lo interno de la estructura organizacional de las instituciones, las contrataciones sometidas al ámbito de aplicación de la presente ley, los cuales tendrán de manera indicativa y no limitativa, las funciones siguientes: 1) Aprobar mediante acto administrativo el procedimiento de selección para contratar y el pliego de condiciones correspondiente; 2) Aprobar mediante resolución motivada el uso de algunas de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección previstos en la presente ley; 3) Aprobar o rechazar el dictamen de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 14 — Comités de Contrataciones Públicas

Artículo 14.- Comités de Contrataciones Públicas. Órgano colegiado responsable de conducir las deliberaciones y decisiones esenciales dentro de los procedimientos de contratación, con excepción de la contratación menor y la contratación directa sujeta a umbral. Los Comités de Contrataciones Públicas desarrollan las funciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y en este reglamento, y se integran de conformidad con lo dispuesto por la ley citada.

Texto oficial completo

ContextoHallazgo en documentos

Diferencia entre la reserva MIPYME del acta y la del portal

Documento del 11 ago 2026 · hace 2 meses

El acta identifica el procedimiento como dirigido a MIPYMES, mientras que el portal registra que no está reservado a MIPYMES. La diferencia merece cotejo con la convocatoria publicada y la configuración del proceso, pues podría afectar quién podía participar; los datos disponibles no permiten determinar cuál registro prevaleció para los oferentes.

“PRIMERO: APROBAR en todas sus partes la Ficha Técnica y el Pliego de Condiciones Específicas correspondiente al Procedimiento de Comparación de Precios Dirigido a MIPYMES”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 99 — Informaciones en la convocatoria

Artículo 99.- Informaciones en la convocatoria. Con la convocatoria deberán hacerse disponibles las informaciones siguientes: 1) La modalidad de la convocatoria, en tanto sea nacional o internacional; 2) Identificación de la institución que convoca; 3) Objetivo de la contratación, indicando la descripción, cantidad y el lugar de entrega de los bienes a suministrarse o la descripción y ubicación de las obras que hayan de efectuarse o la descripción de los servicios requeridos; 4) El procedimiento de selección; 5) El lugar o medio para obtener el pliego de condiciones, que debe ser gratuito; 6) La fecha y hora límite, y el lugar o medio previsto para la presentación de propuestas; 7) La…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (11)

  • 02 SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 11 ago de 2026 · 2 señales
  • 04 ACTO DE INICIO.pdfPliego · 11 ago de 2026 · 1 señal
  • 01 APROBACION PROCESO.pdfInforme pericial · 11 ago de 2026
  • 03 PLIEGO DE CONDICIONES camiones2 SELLADO.pdfPliego · 12 ago de 2026 · 6 señales
  • 20 ACTA ADJUDICACION CAMIONES.pdfActa de adjudicación · 8 sept de 2026 · 4 señales
  • Informe final del portalDocumento · —
  • 13599007Documento · —
  • 13599008Documento · —
  • 13599009Documento · —
  • 13599010Documento · —
  • 13599011Documento · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →