El Acta núm. 0371-2026, de 2026-08-11, aprueba las evaluaciones económicas y adjudica 95 grupos referenciales del proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0082 a 95 oferentes para los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028. Informa un monto total adjudicado de RD$3,495,885,805.26 en la tabla detallada, pero en el resumen consigna RD$3,495,888,313.84; además, registra decisiones excepcionales sobre la evaluación económica y dispone remitir hallazgos de debida diligencia a la DGII y PRO-COMPETENCIA.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla de adjudicación asigna a PANADERIA ADRIEL SRL el grupo 35 y un monto de RD$27,540,859.22, mientras la relación de oferentes no asignados la incluye como habilitada sin raciones. La contradicción afecta la identificación del resultado y la prelación aplicable.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta dispone remitir antecedentes con indicios de conductas contrarias o restrictivas a la competencia a la GIFDT de la DGII y a PRO-COMPETENCIA; añade que las ofertas vinculadas quedan rechazadas. La decisión merece revisión por su efecto sobre la participación, aunque el documento no identifica aquí cuáles oferentes fueron afectados.
“Que, ante los hallazgos e indicios de comportamientos contrarios y restrictivos a la libre competencia identificados durante el proceso de debida diligencia del procedimiento de referencia, y en coherencia con las medidas adoptadas en los p”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 11 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 11
ART. 11. Las prácticas corruptas o fraudulentas comprendidas en el Código Penal o dentro de la Convención Interamericana contra la Corrupción, o cualquier acuerdo entre proponentes o con terceros, que establecieren prácticas restrictivas de la libre competencia, serán causales determinantes del rechazo de la propuesta en cualquier estado del proceso o de la rescisión del contrato, si éste ya se hubiere celebrado.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El documento alterna cifras de 125 habilitados, 127 y 122 para explicar la relación entre habilitados y los 95 grupos, y afirma que hay 30 no asignados, mientras la tabla transcrita de lugares ocupados enumera 29 filas. La diferencia debe aclararse para confirmar el universo y el orden completo de suplencia.
“de los ciento veinticinco (125) oferentes habilitados para fines de adjudicación, noventa y cinco (95) resultaron asignados con grupos referenciales y … en tanto que treinta (30) oferentes … Dicho resultado obedece a”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 125 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita la trazabilidad de la oferta económica en el SECP como registro de lo presentado, aunque condiciona la excepción a verificar el formulario firmado y sellado.; Reduce el control de cobertura por el monto íntegro requerido para mantener la seriedad de la oferta.; Difiere hasta la firma contractual la verificación de autoría e integridad formal de documentos presentados con la oferta..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El resumen de adjudicación informa RD$3,495,888,313.84, pero el total de la tabla detallada es RD$3,495,885,805.26: una diferencia de RD$2,508.58. Ambos superan en alrededor de RD$34.36 millones el monto estimado del portal, por lo que corresponde conciliar el total aprobado y el alcance presupuestario; la diferencia interna no se explica por redondeos de centavos.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Considerando cuartoDiscrepancias entre el SECP y el formulario económico
Prevalencia de la información digitada en el SECP.
Si se verifica un error en lo digitado y el formulario firmado y sellado contiene información correcta, se acepta este último para evaluar.
RelajaQuita un control: Debilita la trazabilidad de la oferta económica en el SECP como registro de lo presentado, aunque condiciona la excepción a verificar el formulario firmado y sellado.
Considerando cuartoDiferencias en la garantía de seriedad
La garantía debe corresponder al 1 % del valor total de la oferta.
Se admiten diferencias iguales o menores a RD$1,000 respecto del 1 %, mediante evaluación documentada y acto motivado.
RelajaQuita un control: Reduce el control de cobertura por el monto íntegro requerido para mantener la seriedad de la oferta.
Considerando cuartoVigencia de la garantía de seriedad
La garantía debía cubrir el período indicado en el pliego.
Se admiten garantías vigentes hasta la firma del contrato, momento en que se constituye la garantía de fiel cumplimiento.
Relaja
Considerando cuartoFirma, sello y código de referencia en formularios
El pliego exigía documentos de oferta económica firmados y sellados y establecía documentos no subsanables.
Se aceptan formularios sin código de referencia y se permite subsanar firma o sello al firmar el contrato, con el mismo documento y sin cambios de contenido.
RelajaQuita un control: Difiere hasta la firma contractual la verificación de autoría e integridad formal de documentos presentados con la oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…