Aprobación consignada para un proyecto de pliego
· hace 2 meses
El acta aprueba el «Proyecto del Pliego» para revisión de aspectos legales, no identifica expresamente esa aprobación como la del pliego definitivo. El artículo 95 de la Ley 47-25 exige aprobar el pliego antes de la convocatoria; conviene verificar el acto que aprobó la versión definitiva antes de publicarse el proceso. Este documento por sí solo no demuestra que dicho acto no exista.
“SEGUNDO: APROBAR, el Proyecto del Pliego de Condiciones, elaborado por la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas, en coordinación con la Dirección Jurídica, para fines de revisión de los aspectos legales, conforme a las disposiciones c” (pág. 9, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 95 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
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