miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones.pdf

RECONSTRUCCIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS Y CAMINOS VECINALES EN LAS PROVINCIAS HERMANAS MIRABAL, MARÍA TRINIDAD SÁNCHEZ Y DUARTE. · Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones

Publicado el 10 ago de 202674 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MOPC-CCC-LPN-2026-0015

Lo que dice

El pliego convoca la Licitación Pública Nacional MOPC-CCC-LPN-2026-0015 para tres obras viales en Hermanas Mirabal, María Trinidad Sánchez y Duarte, con presupuesto base total de RD$951,816,801.56. Establece adjudicación por ítem, puntuación técnica y económica de 60% y 40%, y un plazo máximo de ejecución de diez meses. El documento fija la recepción de ofertas para el 29 de septiembre de 2026, mientras que la ficha del portal indica el 30 de septiembre.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentosRD$190.4 millones

Capital de trabajo calculado sobre el presupuesto total

Documento del 10 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego exige capital de trabajo equivalente al 20% del presupuesto base total, aunque la adjudicación será por ítem y solo se adjudicará un ítem por proveedor. Esto implica un umbral de aproximadamente RD$190,363,360.31 incluso para quien oferte únicamente el ítem 2, cuyo presupuesto es RD$129,308,158.77; conviene verificar la proporcionalidad del requisito respecto de cada prestación.

“C) Capital de Trabajo (Activos Corrientes - Pasivos Corrientes + (Cuentas bancarias, certificados de depósitos o de inversión, líneas de Crédito Bancarias Líneas de Crédito Bancarias Potenciales) ≥ al 20% del monto correspondiente al valor ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Experiencia de la empresa es requisito y también criterio puntuable

Documento del 10 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego requiere experiencia en obras similares de al menos tres años como condición documental y vuelve a puntuar la experiencia de la empresa, incluido el tiempo de ejercicio en obras similares. No distingue con claridad el mínimo habilitante de la experiencia adicional puntuable; conviene verificar que no se valore dos veces la misma condición y que la ponderación esté justificada por la complejidad del objeto.

“Experiencia Específica de la Empresa/Contratista, mediante contrato ejecutado o certificación de recibido conforme emitida por la entidad contratante en obras similares en mayor o igual a tres (3) años, debe incluir el monto de los proyecto”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 113 — Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente

Artículo 113.- Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente. Los requisitos de calificación constituyen condiciones de habilitación del oferente y no forman parte de los criterios técnicos, económicos ni especiales de evaluación. Su verificación debe realizarse, como regla general, mediante la metodología “cumple/no cumple”, conforme a los artículos 37 y 114 de la Ley núm. 47-25. Párrafo I. Los requisitos de calificación solo pueden ser objeto de ponderación por puntaje en las circunstancias excepcionales previstas en la ley, debidamente justificadas en el pliego de condiciones, cuando la especialidad o complejidad del objeto contractual haga…

A revisarHallazgo en documentos

Códigos de actividad RPE distintos para personas jurídicas

Documento del 10 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego menciona el código 30222042 para personas jurídicas en la lista documental, pero en la evaluación legal indica 30220000. La discrepancia puede generar incertidumbre sobre cuál actividad se verificará en el RPE y sobre la elegibilidad de los oferentes.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial – Estructuras permanentes sobre “objeto del procedimiento d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

A revisarHallazgo en documentos

Diferencia de un día entre el cierre del pliego y el portal

Documento del 10 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego fija la presentación de ofertas para el 29 de septiembre de 2026 a las 10:00 a. m., pero la ficha del portal indica cierre el 30 de septiembre. La diferencia merece verificarse porque puede dejar a los interesados con fechas límite distintas para presentar sus propuestas.

“Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) martes, 29 de septiembre de 2026 10:00:00 a.m.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos

Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Regla de adjudicación por ítem admite adjudicar ítems adicionales sin criterio expreso

Documento del 10 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego establece que solo se adjudicará un ítem por proveedor, pero también se reserva la facultad de adjudicar ítems adicionales si quedan desiertos y si lo considera conveniente. La regla no precisa cómo se aplicará esa excepción ni cómo se resolverá el reparto entre oferentes, por lo que debe verificarse su compatibilidad con los criterios de adjudicación publicados.

“Solo sera adjudicado un item por proveedor. … Si por los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego de condiciones fueran a quedar ítems desiertos, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) se reserva el dere”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

A revisarHallazgo en documentos

Perfeccionamiento contractual condicionado a la publicación

Documento del 10 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego afirma que el contrato se perfecciona cuando se publica en el SECP y en el portal institucional, mientras que la Ley 47-25 establece que los contratos se perfeccionan con su formalización. Conviene revisar la cláusula para que no genere incertidumbre sobre el momento en que nacen las obligaciones contractuales.

“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, en el ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · Ley 47-25, art. 133 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 133 — Formalización del contrato

Artículo 133.- Formalización del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte físico o formato digital, en las condiciones que establezca la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y deberán ajustarse al modelo que forma parte de los pliegos de condiciones, con las modificaciones aprobadas hasta el momento de la adjudicación. Párrafo I.- En las contrataciones efectuadas a través de órdenes de compras o de servicios, la formalización se producirá con la notificación realizada al adjudicatario. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley dispondrán los requisitos formales que deberán contener las órdenes de compras o de servicios.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

A revisarHallazgo en documentos

Modelos de equipos sin equivalencia expresa en todos los casos

Documento del 10 ago 2026 · hace 2 meses

La lista de equipos exige una motoniveladora “12G” y una retroexcavadora “320” sin indicar expresamente “o similar”, mientras que para el cargador Cat sí se admite equipo similar. Conviene verificar si esas referencias son necesarias para definir el desempeño requerido o si restringen alternativas técnicamente equivalentes.

“Motoniveladora 12G ≥ 140 HP 2 2 Retroexcavadora 320 ≥ 145 HP 2 3 Cargador frontal Cat 950 F o similar”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Anticipo a MIPYMES previsto hasta 15 días después de la firma

Documento del 10 ago 2026 · hace 2 meses

Para las MIPYMES el pliego prevé un anticipo del 30% dentro de los quince días siguientes a la firma, sujeto a garantía de buen uso. La Ley 47-25 dispone el anticipo del 30% con la suscripción del contrato; conviene verificar que el plazo previsto no retrase el acceso a ese financiamiento.

“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 10. Condiciones de pago y retenciones, que asciende a un 30% si se trata de un oferente certificado como MIPYMES y de un”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Texto oficial completo

Otros documentos del proceso (20)

  • Convocatoria MOPC-CCC-LPN-2026-0015.pdfDocumento · 10 ago de 2026
  • formularios editables.zipDocumento · 10 ago de 2026
  • Relacion de partidas.zipDocumento · 10 ago de 2026
  • Presupuestos.zipDocumento · 10 ago de 2026
  • Estudios Previos.pdfEstudio previo · 10 ago de 2026
  • 1-Compromiso Etico LPN-15.pdfDocumento · 10 ago de 2026
  • 2-Solicitud de Compra LPN-15.pdfSolicitud de compra · 10 ago de 2026
  • 3-Acta de Inicio LPN-15.pdfActa · 10 ago de 2026 · 1 señal
  • DICTAMEN JURIDICO LPN 15.pdfDictamen · 10 ago de 2026 · 1 señal
  • El Caribe 11-08-26.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • El Caribe 12-08-26.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • Listin D 11-08-26.pdfDocumento · 13 ago de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Esta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
  • Listin D 12-08-26.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • Rectificación de cronograma 15.09.2026.pdfDocumento · 15 sept de 2026
  • Anexo -1 Planos Vigas Postensadas.pdfEnmienda · 16 sept de 2026
  • Enmienda No. 1 Ref. MOPC-CCC-LPN-2026-0015.pdfEnmienda · 16 sept de 2026 · 1 señal
  • Respuestas a consultas realizadas por los oferentes.pdfEnmienda · 16 sept de 2026 · 3 señales
  • Acto administrativo MOPC-ADIF-034-2026.pdfInforme de evaluación · 9 oct de 2026
  • Informe preliminar MOPC-CCC-LPN-2026-0015.pdfInforme de evaluación · 9 oct de 2026
  • subsanacion 015 mopc.pdfInforme de evaluación · 9 oct de 2026