El 10 de agosto de 2026, la Dirección de Infraestructura Escolar aprobó el documento base y el pliego para contratar, mediante Contratación Menor, obras de mantenimiento correctivo dirigidas exclusivamente a MIPYMES. El acto registra una apropiación de RD$51,907,191.77 y designa tres peritos para evaluar el proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Este acto aprueba el documento base para un proceso dirigido exclusivamente a MIPYMES, mientras que la ficha del portal indica «Reservado a MIPYMES: no»; la descripción del portal sí menciona que está dirigido a MIPYMES. El acto aporta una decisión formal que confirma el alcance reservado, por lo que conviene comprobar cómo se reflejó ese dato en la publicación y en los filtros de participación.
“APRUEBA El Documento Base y el Pliego de Condiciones Específicas para la modalidad de Contratación Menor relativa a la "Contratación De Obra Para Mantenimiento Correctivo De Varios Centros En Los Distritos Educativos 08-03, 08-04, 08-06 y 0”
El monto estimado de RD$51,907,191.77 está aproximadamente RD$1,715,085 por debajo del máximo de RD$53,622,276.92 para obras en Contratación Menor en 2026. Es un dato para verificar la estimación y si existen convocatorias relacionadas dentro del período; la información aportada no permite concluir que hubo fraccionamiento.
“por un monto de Cincuenta y Un Millones Novecientos Siete Mil Ciento Noventa y Un Pesos Dominicanos con 77/100 (RD$ 51,907,191.77). … el procedimiento que corresponde para la "Contratación De Obra Para Mantenimiento Correctivo De Varios Cen”
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 145 — Contratación menor
Artículo 145.- Contratación menor. De conformidad con lo previsto en la Ley núm. 47-25, el procedimiento de contratación menor solo puede usarse cuando el valor estimado de la contratación no supere el umbral aplicable y en alguno de los siguientes casos: 1. Bienes y servicios comunes y estandarizados. 2. Obras de menor cuantía. 3. Reparaciones menores. Párrafo. En la aprobación de la modalidad de procedimiento, el responsable debe justificar la procedencia de la contratación menor en atención a lo previsto en la Ley núm. 47-25 y en el presente artículo.