El pliego de INAFOCAM para contratar la impartición de la maestría establece dos lotes territoriales —Regional 08 y Regional 14— de RD$14,000,000 cada uno, para un presupuesto total de RD$28,000,000, y contempla adjudicaciones parciales basadas en la calidad técnica. El cronograma incluido fijó inicialmente la recepción de ofertas para el 22 de septiembre de 2026; según el portal y el resumen de la enmienda, posteriormente se trasladó al 15 de octubre de 2026. El pliego también prevé un anticipo del 30% para adjudicatarios MIPYME, sujeto a las condiciones de pago que detalla.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El límite se calcula según el número de oferentes hábiles y la asignación en cascada recorre las ofertas de todos los lotes. Si un oferente obtiene la mayor puntuación en ambos lotes y el límite calculado es uno, la regla puede asignar un lote a otro oferente con menor puntuación; aunque el mecanismo está anunciado y es objetivo, su efecto sobre la adjudicación merece revisión frente al criterio de calidad declarado.
“El límite máximo de lotes adjudicables a un mismo oferente no se fija en un número predeterminado: se calcula, concluida la evaluación técnica, dividiendo el número de lotes del procedimiento entre el número de oferentes hábiles, redondeado” (pág. 34)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 114 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El pliego estructura la contratación en dos lotes con adjudicaciones parciales, mientras que la ficha del portal aportada indica «Por lotes: no». La discrepancia puede afectar la preparación y presentación de ofertas y la comprensión de cómo se distribuirá la contratación; conviene verificar qué configuración se publicó a los interesados.
“El procedimiento se estructura en dos (2) lotes independientes, uno por cada regional educativa, y admite adjudicaciones parciales conforme al artículo 83 de la Ley núm. 47-25, según se desarrolla en el numeral 12.3.” (pág. 5)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Reglamento 52-26, art. 47 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…
El pliego dispone un anticipo MIPYME del 30% con la suscripción del contrato, pero también fija que se pague hasta 30 días calendario después de constituida la garantía, la cual puede presentarse dentro de los 10 días hábiles posteriores a la firma. La secuencia puede postergar el flujo previsto por la regla legal de anticipo; el 30% de un lote de RD$14,000,000 equivale a RD$4,200,000.
“conforme al artículo 174 de la Ley núm. 47-25, procederá un anticipo del treinta por ciento (30%) del monto contractual con la suscripción del contrato, sin necesidad de presentación de factura… La garantía de buen uso del anticipo se const” (pág. 38)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego indica que el recurso contra el pliego vence en la fecha de consultas del cronograma, 31 de agosto de 2026. La Ley fija un plazo máximo de diez días hábiles desde la eficacia del acto; la fecha indicada parece extenderlo, por lo que debe aclararse cómo se computaría y aplicaría el plazo de impugnación.
“Respecto del pliego y de sus anexos, el plazo de diez (10) días hábiles del artículo 205 se computa desde la publicación de la convocatoria y vence el día consignado en la actividad 2 del cronograma del numeral 8 de la Sección I.” (pág. 53)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 205 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso
Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.
Para el programa aprobado, el pliego exige una vigencia no inferior a cinco años, pero permite cumplir acompañando la constancia de haber solicitado su renovación, sin que esta haya sido aprobada. Aunque el pliego exige mantener la habilitación durante la ejecución, conviene verificar que la aprobación efectiva siga vigente y cubra la impartición y titulación comprometidas.
“El requisito no opera como causa autónoma de exclusión: basta acompañar el acto de renovación o la constancia de haberla solicitado.” (pág. 27)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona