El Acta núm. 0364-2026, de 2026-08-07, aprueba las evaluaciones económicas y adjudica 79 grupos referenciales a 79 oferentes, por RD$2,718,953,142.98 con ITBIS, para los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028. Declara habilitados 117 oferentes —incluidos 12 habilitados por evaluación extraordinaria— y deja a 38 como suplentes sin asignación de raciones. También valida criterios excepcionales de evaluación económica y consigna ajustes depurativos de grupos, así como verificaciones pendientes sobre algunos centros educativos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control del monto íntegro de la garantía de seriedad, aunque exige documentar la decisión.; La firma o sello que autentica documentos de oferta puede aportarse después de la evaluación y adjudicación, aunque se exige el mismo documento sin modificación.; Se difiere la comprobación documental de requisitos sanitarios y de calidad hasta después de la adjudicación, aunque se conserva como condición previa a la firma..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
II. Consideraciones y criterios excepcionales adoptados durante el procedimientoDiferencias de hasta RD$1,000 en la garantía de seriedad
La garantía debía corresponder al 1 % del valor total de la oferta; una insuficiencia podía causar desestimación.
Se admiten pólizas con una diferencia igual o menor a RD$1,000 respecto del 1 %, previa evaluación y motivación documentada.
RelajaQuita un control: Debilita el control del monto íntegro de la garantía de seriedad, aunque exige documentar la decisión.
II. Considerando cuarto, numerales 1 y 5Discrepancias del SECP y omisiones formales
Prevalecían los datos digitados en el SECP; la oferta económica y los documentos requeridos debían presentarse firmados y sellados.
Si se constata error de digitación, puede prevalecer el formulario SNCC.F.033 firmado y sellado; se permite subsanar a la firma del contrato la omisión del código del proceso y de firma o sello en documentos, sin cambiar su contenido.
RelajaQuita un control: La firma o sello que autentica documentos de oferta puede aportarse después de la evaluación y adjudicación, aunque se exige el mismo documento sin modificación.
II. Considerando segundo, literales i y iiEvidencia fotográfica de cocina y vehículos
La verificación debía apoyarse en la documentación y evidencias requeridas en el pliego.
Se admiten fotografías de fachada o de vehículos tomadas por los peritos durante la inspección, junto con documentación fehaciente para identificar y verificar los vehículos.
Aclara
II. Considerando segundo, literales iv y v; Cuarta ResoluciónPermisos y certificaciones sanitarias pendientes de renovación u obtención
Los requisitos sanitarios y certificaciones debían acreditarse conforme al pliego para cumplir la evaluación.
Se admite subsanar el Permiso Sanitario, la certificación NORDOM 646 y las certificaciones de control de plagas antes de suscribir el contrato; los adjudicatarios no podrán firmar sin presentar los documentos definitivos.
RelajaQuita un control: Se difiere la comprobación documental de requisitos sanitarios y de calidad hasta después de la adjudicación, aunque se conserva como condición previa a la firma.
II. Considerando segundo, literal viCocina no operativa
La no operatividad de la cocina podía tratarse como una omisión subsanable.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El acta registra seis adjudicatarios habilitados por vía extraordinaria: Dame Pollo, Nancis Regina Luciano Jiménez, 7 Jours Nutri N Work, D Arisleyda El Comedero del Chef, Ampro Industriales y Nina's Catering By Sugarsalt. Sus adjudicaciones suman RD$191,297,322.40; procede verificar en los expedientes de reconsideración la evaluación individual y la aplicación uniforme de los criterios antes de asignarles los grupos.
“DAME POLLO SRL … RDS52,824,76164”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
El acta establece adjudicación por mayor puntaje de calidad en un servicio de suministro de almuerzos con precio estándar único. El artículo 83.4 del Reglamento reserva la adjudicación basada en calidad para casos excepcionales, debidamente justificados, de servicios complejos y altamente especializados; el acta alude a la complejidad de la evaluación, por lo que conviene comprobar que el expediente justifique la excepcionalidad del objeto contratado.
“«el criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente es el de calidad basada en el mayor puntaje obtenido»”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…