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Pliego

Pliego cupones SI 0003.pdf

ADQUISICIÓN DE CUPONES PARA APOYO DE ASISTENCIA SOCIAL PARA FAMILIAS DE ESCASOS RECURSOS DEL MUNICIPIO DE SANTO DOMINGO ESTE · Ayuntamiento Santo Domingo Este

Publicado el 7 ago de 2026Fechado el 6 ago de 202645 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDE-CCC-SI-2026-0003

Lo que dice

El pliego del proceso ASDE-CCC-SI-2026-0003, fechado el 7 de agosto de 2026, convoca una subasta inversa para adquirir 12,650 cupones de RD$500, con presupuesto estimado de RD$6,325,000. Establece una puja por ítem único, pero contiene reglas discordantes sobre la duración y el medio de la subasta, además de fijar pagos en un plazo de hasta 90 días y requisitos de habilitación cuya aplicación puede limitar la participación.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (8)

A revisarHallazgo en documentosRD$6.3 millones

El pliego prevé pagos hasta 90 días

Documento del 7 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego fija hasta 90 días desde la remisión de las facturas. La Ley establece un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago contractual y se presenta el requerimiento, por lo que la condición publicada puede trasladar al proveedor un plazo de cobro mayor al legal.

“Estos pagos se harán en un período no mayor de 90 días, contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del servicio ofrecido.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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A revisarHallazgo en documentosRD$6.3 millones

Las condiciones de entrega se contradicen sobre si será por etapas

Documento del 7 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego prevé un requerimiento con entrega total en tres días calendario, pero también indica que los bienes se solicitarán en etapas y que no se requerirán en su totalidad de forma inmediata. La diferencia incide en la logística y en la forma de calcular costos y pagos, por lo que conviene precisar el esquema vinculante.

“Se realizara un requerimiento haciendo constar el plazo de 3 días calendario para la entrega de todos los bienes … estos bienes no se requerirán en su totalidad de forma inmediata, sino con base en lo indicado”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

A revisarHallazgo en documentos

Los umbrales de los indicadores financieros se contradicen en el límite

Documento del 7 ago 2026 · hace 2 meses

Para solvencia y liquidez, el pliego considera cumplido el valor exacto indicado y a la vez lo incluye en el rango de incumplimiento mediante el signo «≤». En endeudamiento, presenta una tensión equivalente entre «≤ 1.50» como cumplimiento y «≥ 1.50» como incumplimiento. La ambigüedad puede afectar la habilitación de ofertas en el punto límite.

“Límite establecido: Mayor 1.20, Mayor o igual que ≥ 1.20 (Cumple), Menor que ≤ 1.20 (No cumple).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

A revisarHallazgo en documentos

La duración de la puja figura como 15 y como 20 minutos

Documento del 7 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego establece 15 minutos en una sección y 20 minutos en otra, donde también fija la puja para el 25 de agosto a las 15:00. Aunque ambos tiempos están dentro del rango reglamentario, la inconsistencia puede causar incertidumbre sobre la hora efectiva de cierre y las reglas de participación.

“Para este procedimiento el tipo de puja a utilizarse será por el Item único, por lance. La duración de la puja será de 15 minutos. … 1. La puja tendrá una duración de 20 minutos.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 134 · Reglamento 52-26, art. 138 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 134 — Procedimiento de subasta inversa

Artículo 134.- Procedimiento de subasta inversa. El procedimiento de subasta inversa se ejecuta, como regla, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El pliego de condiciones debe contener las disposiciones establecidas en este reglamento e indicar de manera expresa la duración de las pujas, que en ningún caso podrá ser menor de quince (15) minutos ni mayor a sesenta (60).

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 138 — Reglas de la puja electrónica

Artículo 138.- Reglas de la puja electrónica. Las instituciones contratantes y los oferentes deben cumplir estas reglas en la puja electrónica: 1. Las pujas solo pueden durar entre quince (15) y sesenta (60) minutos. El lapso seleccionado debe indicarse en el pliego de condiciones. 2. El lapso de las pujas permite que los oferentes mejoren sus propuestas a través de lances sucesivos. 3. Los oferentes son los únicos responsables de los montos que indiquen en cada lance. 4. Los oferentes deben acceder al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas en la hora prevista en el pliego de condiciones, para poder realizar los lances durante el tiempo de puja. 5. Si un oferente decide no presentar…

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A revisarHallazgo en documentos

El medio de la puja aparece como SECP y Microsoft Teams

Documento del 7 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego describe la subasta como una puja en línea por el SECP, pero también dice que publicará un enlace para realizarla a través de Microsoft Teams. Debe aclararse si Teams es solo un canal de reunión o si se pretende ejecutar allí la puja, pues el reglamento prevé el SECP como medio ordinario de la subasta inversa.

“En la fecha según indique el cronograma de la Subasta Inversa, se colgará en el portal del Sistema Electrónico de Contrataciones Pública (SECP) el link donde se publicará la subasta inversa a través de la plataforma de Microsoft Team, de un”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 134 · Reglamento 52-26, art. 46 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 134 — Procedimiento de subasta inversa

Artículo 134.- Procedimiento de subasta inversa. El procedimiento de subasta inversa se ejecuta, como regla, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El pliego de condiciones debe contener las disposiciones establecidas en este reglamento e indicar de manera expresa la duración de las pujas, que en ningún caso podrá ser menor de quince (15) minutos ni mayor a sesenta (60).

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 46 — Naturaleza y alcance del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas

Artículo 46.- Naturaleza y alcance del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas constituye la plataforma tecnológica oficial y única para la gestión integral de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y la liquidación de los contratos, conforme a los principios de transparencia, eficiencia, trazabilidad, participación y control ciudadano establecidos en la Ley núm. 47-25. Párrafo I. El uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas es obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la ley, así como para los oferentes, proveedores y contratistas…

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A revisarHallazgo en documentos

El requisito fiscal no contempla la excepción para MIPYMES

Documento del 7 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego exige estar al día con DGII y TSS sin mencionar la excepción legal que permite participar a MIPYMES con atrasos de hasta seis meses. Aplicado literalmente como criterio de elegibilidad, podría excluir a MIPYMES que reúnen las condiciones de esa excepción, aunque el proceso no esté reservado a ese grupo.

“3) Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). 4) Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 63 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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Reglamento 52-26, artículo 63 — Inhabilidad por falta de cumplimiento de obligaciones tributarias o de la seguridad social

Artículo 63.- Inhabilidad por falta de cumplimiento de obligaciones tributarias o de la seguridad social. La inhabilidad de un proveedor por falta de cumplimiento de obligaciones tributarias o de la seguridad social debe tener en cuenta la excepción prevista para la participación de MIPYMES en el artículo 172, párrafo III, de la Ley núm. 47-25.

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

La documentación técnica se declara no subsanable en bloque

Documento del 7 ago 2026 · hace 2 meses

El pliego califica como no subsanables varios documentos técnicos, incluidos el catálogo y la certificación de compromiso de entrega. La ley permite subsanar documentos de soporte de la oferta cuando ello no modifique sus especificaciones; conviene verificar que la regla no impida corregir omisiones documentales que no alteren el contenido técnico.

“3. Catálogo, fotos y fichas de los bienes. (NO SUBSANABLE). 4. Certificación de Compromiso de Entrega (NO SUBSANABLE).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

ContextoHallazgo en documentos

Requisitos sobre intermediación y red de canje que pueden restringir oferentes

Documento del 7 ago 2026 · hace 2 meses

Además de exigir una certificación del MICM que establezca que el oferente no es intermediario, el pliego pide un listado de sucursales para canjear los cupones y que sean válidos en todos los establecimientos de la empresa adjudicada. Estas condiciones pueden reducir el universo de participantes; conviene verificar su relación y proporcionalidad respecto del objeto y del alcance territorial requerido.

“17) Constancia que establezca que no son intermediario emitida por el Ministerio de Industria y Comercio. … Listado de sucursales donde se pueden canjear los bonos (NO SUBSANABLE).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Otros documentos del proceso (16)

  • Aprobacion de pliego de condiciones cupones.pdfPliego · 7 ago de 2026
  • Certificación de Fondo.pdfCertificación de fondos · 7 ago de 2026 · 1 señal
  • Orden de Compra.pdfDocumento · 7 ago de 2026
  • Acta de inicio.pdfInforme pericial · 7 ago de 2026 · 3 señales
  • Solicitud de adquisición .pdfSolicitud de compra · 7 ago de 2026 · 1 señal
  • compromiso-etico-de-proveedores (9).docxDocumento · 7 ago de 2026
  • Formulario de presentacion oferta F.033 (1).docxDocumento · 7 ago de 2026
  • formulario debida diligencia SNCCP-PROV-F-040..docxDebida diligencia · 7 ago de 2026
  • contrato-ejecucion-de-bienes (3).docxContrato · 7 ago de 2026
  • SNCC F 042 Formulario Informacion oferente (2).docxDocumento · 7 ago de 2026
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal (7).docxDocumento · 7 ago de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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