El pliego de la Licitación Pública Nacional AGN-CCC-LPN-2026-0002, convocada el 06/08/2026, establece la adquisición e instalación de estanterías en 11 lotes, con valor referencial de RD$16,000,000 y entrega prevista en hasta 60 días hábiles. El portal registra una oferta pendiente de MARCO, RACK Y TRAMERIA, S.R.L. por RD$11,590,651; el documento no consigna una evaluación ni una adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En una sección se fija la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento en un año; en otra se establece que debe durar hasta la liquidación del contrato. La diferencia puede dejar incierto el período de cobertura si la liquidación se produce después del año.
“La vigencia de esta garantía será de un (1) año, contados a partir de la constitución de la misma y hasta el fiel cumplimiento del contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 208 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…
El pliego fija hasta 45 días para pagos parciales desde la remisión de facturas y también señala un pago único a grandes empresas en 45 días tras la recepción conforme. La Ley establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento; el plazo del pliego merece revisión. Esta señal se refiere al plazo de pago, además de las contradicciones de pago ya identificadas en el proceso.
“Estos pagos se harán en un período no mayor de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes ofrecidos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona