El Acta núm. 0345-2026 aprueba la evaluación económica y adjudica a Asystec, SRL la solución de ciberseguridad por RD$35,086,120.07, incluidos impuestos. Sin embargo, el acta sitúa la sesión el 6 de julio de 2026, mientras que registra la apertura económica el 24 de julio y un informe fechado el 4 de agosto de 2026. El portal registra el contrato por RD$35,086,120, diferencia de RD$0.07 respecto del monto del acta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento sitúa la sesión y decisión el 6 de julio, pero refiere la apertura de la oferta económica el 24 de julio y un informe de evaluación fechado el 4 de agosto. La secuencia es incompatible con la aprobación de la evaluación y posterior adjudicación que el acta consigna; podría tratarse de un error de fecha, pero requiere verificación porque afecta la trazabilidad temporal de la decisión.
“a losseis(06) díasdel mesdejulio del añodos milveintiséis (2026 … De acuerdo con el acta notarial Núm. 124-2026 notarizada por la Lic. Ayarilis Sánchez Mejia”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 125 · Ley 47-25, art. 122 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 125 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 125.- Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, aprueba, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, la relación de lugares ocupados y la recomendación de adjudicación de los peritos. Posteriormente, debe emitir el acta de adjudicación correspondiente. Párrafo I. El acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación debe ser publicada de forma íntegra, con todos sus soportes, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y notificarse directamente a todos los oferentes participantes. Párrafo II. Cuando se trate de un…
Artículo 122.- Fases de evaluación. La evaluación de propuestas se realizará en las siguientes fases: 1) Fase de evaluación de la oferta técnica: En la cual se verificará el cumplimiento de los requisitos de calificación y de los requisitos o puntajes mínimos establecidos con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a los fines de ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Fase de evaluación de la oferta económica: En la cual se ponderarán las ofertas económicas de acuerdo con los criterios de evaluación previstos; y 3) Fase de adjudicación: En la cual se decidirá cuál es la propuesta más conveniente de los oferentes que resultaron habilitados luego de la fase…
Como hecho nuevo respecto de la señal de oferta única ya registrada, esta acta adjudica RD$35,086,120.07 a Asystec, tras indicar que se abrió la única oferta económica del oferente habilitado. La falta de ofertas competidoras reduce la comparación económica efectiva; el documento no consigna otra oferta económica habilitada.
“se dio apertura a la única oferta económica del oferente habilitado … ADJUDICA al oferente, ASYSTEC SRL, por haber cumplido con todos los criterios de evaluación técnica y económica establecidos en el Pliego de Condiciones sujeto al”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
2.Formulario de Información sobre el Oferente (SNCC.F.042).docx