El Acto Administrativo núm. 116/2026, de 2026-06-30, aprueba el uso y el inicio de una excepción para arrendar un inmueble destinado al Centro Educativo Patria Mirabal. También designa tres peritos y ordena convocar y publicar el proceso en el portal institucional y el SECP; las resoluciones se describen como aprobadas por mayoría.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto aprueba la excepción de inmuebles para uso estatal, pero el informe citado concluye que procede un proceso de proveedor único y afirma que solo el inmueble identificado satisface la necesidad. El mismo acto ordena una convocatoria pública; conviene verificar que la tramitación mantenga esa vía competitiva, pues el reglamento prevé selección directa para inmuebles solo de manera excepcional.
“No existe alternativa en la zona que ofrezca condiciones equivalentes en términos de funcionalidad y oportunidad de disponibilidad. Esto delimita objetivamente la competencia en el mercado; es decir, solo el inmueble identificado puede sati”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
El acto asigna la función de perito técnico a una persona identificada como abogada de la División de Gestión de Alquileres. Aunque su experiencia en esa división podría ser pertinente, la designación merece verificarse frente a la necesidad de conocimientos técnicos sobre el inmueble y la evaluación de sus condiciones.
“• Margarita Dolores de Marte: Abogado de la División de Gestión de Alquileres en la Dirección Administrativa, Perito Técnico.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
Primero consigna que Carlos Federico Ayacx Mercedes asistió a la reunión y, más adelante, afirma que no estaba presente al momento de votar. La discrepancia merece verificarse contra el acta de asistencia y los registros de deliberación; con los otros cuatro miembros mencionados, no determina por sí sola falta de quórum.
“Luego de comprobado el quórum, confirmando la asistencia del señor Oliver Carreño Simó, Director Jurídico, miembro y Asesor Legal; de la señora Cecilia E. Pérez T., Directora Financiera, miembro; del señor Carlos Federico Ayacx Mercedes, Vi”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
Osvaldo Vargas MoretaEl oficio y el informe justificativo identifican el inmueble para arrendamiento a su nombre; este acto no le adjudica el contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona