La ficha técnica de julio de 2026 establece las especificaciones para arrendar 13 inmuebles destinados a centros del Programa de Inglés de Inmersión, por 18 meses contractuales y 16 mensualidades pagaderas, con un monto total estimado de RD$24,049,165.12. Consigna una apropiación de RD$7,515,364.10 para cinco mensualidades de 2026 y señala que las once mensualidades restantes, correspondientes a 2027, requerirán una certificación posterior.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha estima RD$24,049,165.12, pero identifica apropiación por RD$7,515,364.10 para cinco mensualidades y deja pendiente certificar las once restantes, cuyo saldo estimado es RD$16,533,801.02. La Ley exige certificación de apropiación antes de iniciar el procedimiento y el Reglamento contempla la excepción para emergencias o seguridad nacional, no para este arrendamiento.
“RD$24,049,165.12 (Veinticuatro millones cuarenta y nueve mil ciento sesenta y cinco pesos dominicanos con 12/100), conforme al cuadro resumen del Informe Técnico Justificativo (Oficio MESCYT-DLE-0286-2026). Certificación de Apropiación Pres”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
Universidad Nacional Evangélica (UNEV)Identificada como arrendadora/titular de los inmuebles de los ítems 6 y 7; esta ficha no consigna una decisión de adjudicación.
Mencionado
Ítems 6 y 7
RD$2,335,456
Instituto Politécnico de Haina (IPHA)Identificado como arrendador/titular del inmueble del ítem 8; esta ficha no consigna una decisión de adjudicación.
Mencionado
Ítem 8
RD$585,280
Fundación Carlos Pérez Guante, Inc.Identificada como arrendadora/titular del inmueble del ítem 9; esta ficha no consigna una decisión de adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Identificada como arrendadora/titular del inmueble del ítem 10; esta ficha no consigna una decisión de adjudicación.
Mencionado
Ítem 10
RD$2,959,440
Instituto Crossover, S. R. L.Identificado como arrendador/titular del inmueble del ítem 11; esta ficha no consigna una decisión de adjudicación.