Retiro tras la apertura sin fundamento de fuerza mayor consignado
· hace 2 meses
El acto registra el retiro voluntario de Bluebox después de abrirse el Sobre A y su exclusión, pero no consigna una causa de fuerza mayor. La Ley y el Reglamento condicionan el retiro posterior a la apertura, sin responsabilidad, a una causa de fuerza mayor; el expediente de respaldo permitiría verificar el fundamento y, tras la salida, quedó una sola oferta para la adjudicación.
“En fecha dieciocho (18) de junio del año dos mil veintiséis (2026), la razón social BLUEBOX SOLUTIONS, S.R.L. notificó su retiro voluntario de la propuesta presentada en el marco del presente procedimiento de contratación, por lo que quedó…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 111 · Reglamento 52-26, art. 105 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 111 — Retiro de las propuestas
Artículo 111.- Retiro de las propuestas. Los oferentes podrán retirar sus propuestas antes de la apertura de la oferta técnica, sin ninguna responsabilidad. Párrafo I.- Una vez se produzca la apertura de la oferta técnica, las propuestas se considerarán promesas irrevocables de contratos, en consecuencia, solo por causa de fuerza mayor podrán ser retiradas y modificadas, cuyas causas serán definidas en los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo II.- De violarse estas condiciones luego de la apertura, deberá procederse a la ejecución de la garantía de la seriedad de la oferta, cuando corresponda, sin perjuicio de las sanciones aplicables al oferente.
Reglamento 52-26, artículo 105 — Retiro de propuesta luego de apertura de oferta técnica
Artículo 105.- Retiro de propuesta luego de apertura de oferta técnica. Una vez producida la apertura de la oferta técnica, las propuestas se consideran promesas irrevocables de contrato, conforme a lo dispuesto en el párrafo I del artículo 111 de la Ley núm. 47-25. Sin embargo, el oferente puede solicitar el retiro de su propuesta, sin incurrir en responsabilidad ni en la ejecución de la garantía de seriedad de oferta, en los casos en que se configure una causa de fuerza mayor debidamente comprobada, siempre y cuando el objeto de la contratación no esté precisamente vinculado a la necesidad de realizar prestaciones como consecuencia de una causa de fuerza mayor, en atención a una situación…
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