El estudio previo, fechado el 24 de julio de 2026, justifica contratar durante seis meses servicios de almuerzos y cenas para el personal de la DIDA Central y del programa DIDA 24 horas Contigo. Estima el procedimiento en RD$6,418,320.00 y afirma que la contratación está vinculada al PAC 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio asigna a las cenas para días laborables un servicio de lunes a domingo y, en un apartado separado, vuelve a describir cenas para sábados y domingos. Aunque el portal separa ambos renglones y sus cantidades, la superposición en el estudio puede generar ambigüedad sobre el alcance que se solicita y debe contrastarse con las especificaciones definitivas.
“El servicio debe será brindado de lunes a domingo y el producto no deberá llegar antes de las 6:30 PM ni después de las 7:30 PM. ... El servicio debe será brindado de sábado y domingo el producto no deberá llegar antes de las 6:30 PM ni des”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El proceso está identificado como de compras verdes, pero el estudio exige empaque biodegradable para algunos servicios y plato desechable de plástico para los almuerzos ejecutivos, sin precisar que ese plástico sea biodegradable. Conviene verificar si las especificaciones definitivas incorporan un criterio ambiental verificable para ese empaque.
“Cada servicio deberá estar empacado en un plato desechable de plástico e incluir cubertería, servilletas y otros desechables.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 168 · Ley 47-25, art. 170 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 168 — Transversalidad
Artículo 168.- Transversalidad. Los criterios económicos, sociales y ambientales enmarcados dentro de la contratación pública estratégica podrán aplicarse de manera transversal en los procedimientos previstos en la presente ley, ya sea como posibles requisitos de participación, a modo de criterios de evaluación o como obligaciones establecidas a manera de condición de ejecución de los contratos que sean adjudicados.
Ley 47-25, artículo 170 — Criterios especiales de evaluación
Artículo 170.- Criterios especiales de evaluación. Como elementos de valoración en la evaluación de propuestas dentro de un procedimiento de selección de proveedores, deberán incluirse criterios especiales de evaluación, tales como criterios de inclusión social, de sostenibilidad medioambiental y de innovación; dichos criterios podrán referirse a los aspectos siguientes: 1) Sociales: a) La accesibilidad universal de los bienes, servicios u obras contratadas, tomando en cuenta las necesidades especiales de las personas con discapacidad; b) El fomento de la inserción sociolaboral de personas con discapacidad, personas desfavorecidas, personas pertenecientes a grupos vulnerables o personas…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona